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Contratos de trabajo bonificados: todo lo que debes saber


Los contratos bonificados son una gran oportunidad para optar a ciertas contrataciones para tu empresa y que estas no supongan un desembolso imposible de acometer.

Dependiendo del momento de tu empresa y de las necesidades de la misma, realizarás una tipología de contrato u otra al profesional elegido. Y dentro de esas categorías es importante estar al tanto de las posibles bonificaciones disponibles. Seguramente tu Asesor Laboral que realiza las gestiones relacionadas con los contratos estará al día y te asesorará sobre aquello a lo que puedes acogerte pero como siempre decimos, mejor que tú también conozcas estos detalles para que nada se te pase. Al fin y al cabo, es tu empresa.

Qué es un contrato laboral

Un contrato laboral es el documento legal que acredita y sustenta la relación laboral entre contratante y contratado. En el mismo aparecerán todos los detalles de dicha relación a los que se ha llegado mediante acuerdo conjunto. Por lo tanto, un contrato suma la condición de acuerdo entre las partes y ninguna de las que firman pueden después justificar desconocimiento o disconformidad.

En el contrato aparecerán datos del contratante y contratado, la jornada laboral y horario consensuado, el salario a percibir, el rol profesional y cargo así como duración de dicho contrato.

Un contrato laboral debe estar por escrito y firmado por ambas partes pero también puede ser oral si no se ha llevado a cabo este último paso considerándose entonces un contrato indefinido a jornada completa.

Modelos de contratos de duración determinada y sus bonificaciones:

Primer contrato empleo joven

Es el contrato para estos primeros empleos jóvenes y que se incluía en los contratos eventuales. En 2019 este contrato desapareció para nuevas contrataciones pero sí seguirán beneficiándose de él los que fuesen contratado bajo su tipología.

Contratos eventuales

Contratos útiles para momentos determinados de la actividad en la empresa (subida de trabajo, temporadas altas, etc). Cuando finaliza el periodo de alto volumen de trabajo se vuelve a las condiciones habituales y no son necesarios determinados extras – empleados.

Su característica principal es que son contratos de duración determinada (máximo 6 meses – 12 meses si lo estipula el convenido).

Jornada completa / parcial.

Se podrá ampliar la duración si es menor a lo establecido siempre que las partes lo acuerden.

Si ninguna de las partes cesa la relación profesional, el contrato pasa a indefinido automáticamente una vez terminado el plazo inicial.

Cuando dicho contrato termina el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado (para contratos iniciados a partir del 1 de enero de 2015).

*Sus bonificaciones solo existirán cuando el contrato pasa a ser indefinido.

Contrato de formación y aprendizaje

Lo que se pretende a través de este contrato es incentivar la inserción laboral de jóvenes para así también ayudarles en su formación.

Para poder acceder a un contrato de formación y aprendizaje habrá que contar con una titulación oficial y encontrarse en la franja de edad de entre 16 y 25 años.

1 año será la duración mínima del contrato y podrá llegar hasta los 3 años de duración.

Las bonificaciones de estos contratos están disponibles cuando el empleado pasa a indefinido: reducción de la cuota de SS de 1.500 €/año durante los 3 primeros años en hombres (1.800 €/año en mujeres).

Contrato en prácticas

Es otra de las opciones de contratos para los que se incorporan al mundo laboral después de su formación. La duración de estos contratos es de 6 meses a un máximo de 2 años.

Por desgracia, más que representar una oportunidad para todos, esta tipología de contratos es la que más fraude da. Muchas empresas se aprovechan de él para contratar a personas con una reducción en el salario. Es este el motivo por el que se eliminaron la bonificaciones para estos casos.

Aún así, las bonificaciones se mantienen cuando el contratado pasa a ser indefinido.

Contrato por obra y servicio

Este contrato se realiza cuando se requiere del profesional por un trabajo / proyecto determinado que tiene fecha de inicio y de finalización. También por ejemplo cuando hay un trabajador de baja y hay que sustituirlo por un tiempo determinado (baja de maternidad, etc).

La duración de este contrato será determinado por el proyecto en cuestión o por la baja laboral del otro empleado al que se sustituye. Una de sus peculiaridades es que será un contrato siempre a jornada completa a no ser que por especificaciones concretas deba ser de otra forma.

En el caso de las bonificaciones solo aparecen cuando este contrato se genera como fruto de una sustitución temporal por una baja de un trabajador e irán desde el 95% el primer año de excedencia del trabajador al que se sustituye hasta el 50% el tercer año (si la sustitución es a una persona con discapacidad, maternidad o víctima de violencia de género, la bonificación para la empresa de las cuotas de la Seguridad Social es del 100%).

Contratos laborales indefinidos: bonificaciones

Es en estos casos, en los de los contratos indefinidos, cuando aparecen las mayores bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social para las empresas. Es decir, el Gobierno “premia” las contrataciones indefinidas que garantizan el empleo.

  • Si contratas a personas desempleadas de larga duración (más de 12 meses como desempleados en los últimos 18 meses), la bonificación es de 1.300 €/año en hombres y 1.500 €/año en mujeres durante 3 años.
  • Si los contratados son personas en exclusión social, la bonificación es de 50€/mes durante 4 años.
  • Para familiares de autónomos que sean contratados la bonificación es del 100% en la cuota.
  • La contratación de personas con discapacidad va de los 4.500 €/año a los 6.300 €/año.
  • En el caso de violencia doméstica, de 70,83 €/mes durante 4 años.
  • Para violencia de género o terrorismo, de 125 €/mes durante 4 años.
  • Por víctimas de trata de seres humanos, 125 €/mes durante 2 años.

Una paradoja que hay que tener en cuenta es que aunque los contratos indefinidos de apoyo al emprededores y a microempresas eran los más solicitados durante los últimos años, las bonificaciones para esta tipología de contratos han desaparecido en 2019 (siguen vigentes para contrataciones anteriores).

Ahora ya conoces mejor los pormenores de los diferentes contratos de trabajo disponibles y sus bonificaciones a las que te puedes acoger como empresa. Tenlas siempre presente y ante cualquier duda, tu asesor laboral podrá darte más luz sobre ello.

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