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NDA Contratos de confidencialidad para PYMES: cuando utilizarlos


La confidencialidad es uno de los elementos destacados que exigen muchas grandes empresas para contratar los servicios de otras empresas o de profesionales autónomos, pues es una garantía de protección de su propio negocio y, para ti, del contrato que mantienes con ellas. Así, por ejemplo, una gran constructora que subcontrata servicios de fontaneros, carpinteros, ebanistas, electricistas, etc. no quiere que nadie sepa lo que éstos le cobran por prestarles un servicio, incluso en ocasiones siquiera quieren que sepan que es un servicio subcontratado, por lo que para garantizar el mantenimiento de las relaciones profesionales entre ambas partes se exige confidencialidad, que se suele plasmar en un contrato de confidencialidad o también llamado NDA, por sus siglas en inglés.

¿Cuándo es necesario usar un contrato de confidencialidad o NDA?

La realidad es que es recomendable la utilización de contratos de confidencialidad con cualquier operación, gestión o transmisión de información o presupuestos que se realice con extraños, incluso cuando son personas con las que llevamos trabajando toda la vida o son incluso familiares, pues son una forma de proteger los derechos y obligaciones de ambas partes, entre ellas y frente a terceros. En muchas ocasiones, y aunque no seamos conscientes de ello, al firmar cualquier otro tipo de contrato, estamos firmando un contrato de confidencialidad o NDA, pues cuando se solicita un servicio y se formaliza en un contrato escrito suele incluir, al menos una clausula relacionada con la confidencialidad de la información compartida entre las partes, del acceso a datos que necesariamente se ha de realizar para la prestación del servicio o de la confidencialidad de ese mismo contrato que se está firmando, de manera que no pueda compartirse con nadie más la información que en él se contiene o incluso la mera existencia del mismo. Fuera de esto, y cuando estamos contratando un servicio o adquiriendo un producto en concurrencia competitiva, es decir, en libertad de mercado y con otros competidores o clientes, es recomendable firmar un contrato de confidencialidad.

Imagínate que tienes tres clientes habituales diferentes. Al cliente A le cobras 10 por un servicio, y al B y C les cobras 7. Si no proteges la información y el precio que le cobras a uno y otro, si B o C se comunican con A, o de algún modo le llega a A que a otros clientes les estás cobrando un treinta por ciento menos, no sólo A se va a enfadar y va a exigirte que le iguales el precio, sino que seguramente se buscará otro proveedor y no volverá a contar con tus servicios, pues sentirá que le has estado engañando a lo largo de los años de relaciones profesionales que has mantenido con el mismo.

¿Qué debe contener un contrato de confidencialidad o NDA?

Un contrato de confidencialidad debe tener elementos básicos, además de otros opcionales que pueden añadirse según la situación o intenciones de la firma del mismo. Así, es fundamental que exista una parte en que se identifique a las partes: quienes firman el mismo. También será necesario que se especifique a qué ámbitos se aplica el mismo: información de clientes, información del contrato, información de un servicio concreto. De igual modo, y en función de la finalidad del contrato o de la relevancia de la información que se quiere proteger con la firma del mismo, es relativamente frecuente que se incluya una cláusula con las consecuencias del incumplimiento del contrato. Si el contrato se incumple, como en cualquier tipo de contrato existen unas consecuencias. Normalmente, esas consecuencias suelen ser los daños y perjuicios que una parte ha causado a la otra, producto del incumplimiento, pero con mucha frecuencia estos daños y perjuicios son difíciles de medir y cuantificar, por lo que se opta por una alternativa: prefijarlos previamente. En este caso, en los contratos de confidencialidad lo que se suele hacer es, o bien fijar una cuantía fija de indemnización en el caso de incumplimiento (por ejemplo, que si se incumple, una parte debe indemnizar a la otra con 100.000 Euros) o bien que se fije una cuantía mínima de indemnización, de manera que al menos se abone ese importe y, en el caso de que los daños y perjuicios sean mayores, dicha cuantía se eleve a dichos daños y perjuicios (es decir, que se indique que la indemnización será de, al menos, 100.000 Euros, y si los daños son de 50.000 se abonen los 100.000 mínimos fijados, pero si superan los 100.000 Euros, se abone la totalidad del daño). También es posible, aunque puede resultar algo más abusivo, que se opte por una versión mixta: se fije una indemnización de cuantía fija y, además, los daños y perjuicios, es decir, se paguen por ejemplo 100.000 Euros más los daños causados.

¿Quieres empezar a protegerte y usar este tipo de contratos con clientes y proveedores?

En ese caso, te puedes descargar una plantilla de contrato de confidencialidad para usarlo como referencia y que te sirva de base para poder preparar, con ayuda de un abogado si es necesario, el contrato que utilices en tus relaciones profesionales.

Descárgate la plantilla de contrato de confidencialidad

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