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Qué debes saber para que tus remesas bancarias cumplan la normativa SEPA


Las remesas bancarias se dividen básicamente en dos: remesas de pago y remesas de cobro. Pero, sin importar cual de las dos utilicemos, lo cierto es que las remesas bancarias deben cumplir con la normativa SEPA.

Pero, ¿Qué son exactamente las remesas bancarias?, ¿qué características tienen?, ¿en que consiste el mandato SEPA?, y ¿cómo podemos hacer que nuestras remesas bancarias cumplan con la normativa SEPA? Pues estas son las preguntas que responderemos en nuestra entrada de hoy.

Normativa SEPA

La Zona Única de Pagos en Euros – SEPA por sus siglas en inglés- es un área que comprende los 28 estados miembro de la Unión Europea y países como Lietchestein, Noruega, San Marino, Mónaco, Suiza e Islandia donde empresas, ciudadanos y agentes económicos pueden recibir o realizar pagos en euros con los mismos derechos y obligaciones. Es decir, que las condiciones son las mismas para las operaciones nacionales o entre países independientemente desde donde se realicen.

La denominada Normativa SEPA entró en vigor en febrero de 2014, es de cumplimiento obligatorio y afecta a tres tipos específicos de operaciones bancarias: Pagos con tarjeta, Domiciliares bancarias y Transferencias.

Principales cambios

El principal beneficio para empresas, autónomos y ciudadanos es que se simplifica la gestión de cobros y pagos en el ámbito geográfico SEPA de modo que es posible operar en los 34 países igual que se opera a nivel nacional. Esto significa que con una única cuenta o tarjeta se pueden emitir o recibir pagos en la UE y el resto de países adheridos al acuerdo.

¿Qué hay que tener en cuenta? A grandes rasgos:

  • Solicitar a proveedores y clientes el IBAN en lugar del CCC como se hacía en el pasado y actualizar los datos en tu programa de facturación o los ficheros contables con los que trabajes. También es posible que tengas que adaptar documentos comerciales y legales (facturas, nóminas, etc. ).
  • Solicitar el consentimiento expreso y firmado de los clientes para realizar adeudos directos (domiciliación bancaria) Es decir, hay que contar con la autorización de los clientes para realizar cargos en su cuenta. Esto se suele requerir a través de un documento que incluya un mandato normalizado.

Modalidades de adeudo directo SEPA:

  • Modalidad básica o CORE: permite realizar cobros en euros a través de domiciliación bancaria a empresas, autónomos o consumidores finales. Existe, además, un subtipo denominado COR1 que es una opción que permite acortar los plazos de anticipación de las presentaciones. Muy similar a las tradicionales domiciliaciones.
  • Modalidad B2B: permite realizar cobros en euros a través de adeudos en cuenta solo a empresas y autónomos, es decir, no consumidores finales. Tiene un plazo de devolución reducido e incluye la ventaja (si somos nosotros los que emitimos el cobro) de que no se puede solicitar el reembolso en el caso de adeudos autorizados.

Adaptar las remesas bancarias a la normativa SEPA

La remesa bancaria es un documento de tipo financiero por medio del cual damos instrucciones a un banco para que gestione en nuestro nombre el pago o el cobro de sumas de dinero, que debemos a nuestros proveedores o nos adeudan nuestros clientes según sea el caso. Lo que comúnmente conocemos como girar varios recibos en una misma operación.

En la práctica la remesa bancaria es un archivo estandarizado que debe responder a un formato definido por la normativa SEPA, en el que relacionamos el número de factura, el nombre de nuestro cliente o proveedor, la fecha del pago o del cobro, por supuesto el valor, y el concepto por el que efectuamos el cobro o el pago, además de otros datos de carácter técnico como el código internacional de cuenta bancaria (IBAN) donde se carga/se emite la operación, el NIF del beneficiario y un código de referencia de la transacción. También se requiere el Código SWIFT BIC, aunque suele proporcionarlo la entidad bancaria.

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