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IGIC: qué es y cómo declararlo


¿Eres autónomo y ejerces tu actividad en Canarias? entonces debes de conocer el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario). ¿Cuál es su procedimiento de tributación? ¿Cómo afecta a tu actividad? ¿Cuáles son sus exenciones? Te lo contamos todo en este post.

¿Qué tipo de tributo es el IGIC?

Se trata de un impuesto indirecto que afecta a la Comunidad Canaria y grava todos los bienes y servicios fabricados, entregados y prestados por los profesionales autónomos residentes en esta Comunidad.

Pero este impuesto no solo se aplica a lo bienes producidos en la isla sino también a todos los productos importados de fuera que entran en el archipiélago, independientemente de cuál sea su uso o la condición de importador.

Recordar que importaciones se consideran todas aquellas entradas de productos procedentes de cualquier estado de la Unión Europea u otros países pero también de la Península, Islas Baleares, Ceuta, Melilla.

Teniendo en cuenta que en las islas no existe el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), podemos afirmar que este tributo sería su análogo ya que cuentan con similitudes en cuanto al procedimiento de liquidación, fechas de devengo, etc. La Mayor diferencia del IGIC con el IVA es la reducción de sus coeficientes.

¿Cómo se cobra el IGIC y quiénes están obligados a su presentación?

Cualquier profesional autónomo en las islas repercute este impuesto a su cliente final cobrando un porcentaje (tipo impositivo) sobre el total de la operación (base imponible) y restando el IGIC soportado en sus compras o importaciones en el caso de haberlas.

Los sujetos pasivos del IGIC, es decir, los obligados a la presentación de este tributo son todos los empresarios, profesionales independientes, entidades, autónomos que realicen actividades empresariales o de negocio en las islas explotando un pie o servicio con la finalidad de obtener ingresos de forma constante.

Ademas también están obligadas las sociedades mercantiles y todas aquellas que realicen operaciones relacionadas con:

Entrega de bienes y servicios que impliquen la explotación de un bien con ánimo lucrativo.

Urbanización de terrenos, promoción, construcción o rehabilitación de viviendas para su venta.

¿Qué tipos impositivos aplica el IGIC?

Esta es la principal ventaja de este impuesto frente al IVA y es que el valor de sus tipos es más reducido y favorable para los que lo soportan. Existen nueve tipos impositivos del IGIC que van del 0% al 9%.

¿Cuándo corresponde el tipo 0%?

Entrega de agua, venta de productos sanitarios, entrega de libros, periódicos, revistas, ejecución de obras en viviendas VPO, entregas de determinados alimentos y transporte aéreo o marítimo entre las islas del archipiélago.

En el caso de la energía eléctrica es posible tributar al 0% en el caso de que los usuarios sean personas físicas titulares de un punto de suministro de electricidad en su vivienda con potencia contratada iba o superior a 10 KW. En los demás casos energéticos el IGIC será del 3%.

A continuación mostramos un resumen de los más aplicados en el año actual 2020:

Los tipos de recargo minorista aplicable a las importaciones de bienes sujetas y no exentas al IGIC cambian en 2020, del 0,7% y al 1,5%.

Tipo reducido: 3% para la industria minera; la industria química; el sector textil; la industria de la madera; la industria papelera; el transporte terrestre; la reparación de vehículos.

Tipo general: 7% para aquellas las actividades que no estén incluidas en el resto de los tipos aquí expuestos. Como novedad desde 2020 las telecomunicaciones (teléfono, internet y plataformas televisivas) suben del tipo reducido del 3% al tipo general del 7%.

Tipo incrementado: 9,5% para las entregas de algunos vehículos o medios de transporte.

Tipo especial incrementado: 15% para cigarros puros de precio superior a 1,8€/ud; la venta de bebidas alcohólicas; la venta de artículos de joyería; la distribución de cartuchería; la venta de productos peleteros; las entregas de artículos de perfumería.

Tipos especiales: 20% para la elaboración de tabaco negro y 35% para las labores de tabaco rubio.

¿Existen exenciones al IGIC?

Todas aquellas operaciones realizadas sin ánimo de lucro no serán gravadas por el IGIC al igual que las transacciones realizadas entre particulares.

Algunas de las actividades exentas son: servicios postales, asistencia sanitaria, entregas de sangre, educación, seguros, comercio minorista, etc.

Los profesionales autónomos estarán exentos de este impuesto siempre y cuando no superen la facturación de 30.000€ al año

Si quieres saber más sobre este impuesto te recomendamos que visites la página de la Agencia Tributaria Canaria.

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