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Modelo 140: Cobro anticipado Baja de Maternidad


Si eres madre trabajadora, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, estás dada de alta en la Seguridad Social y convives con tus hijos menores de 3 años, cumples con los requisitos exigidos para aplicar en tu IRPF la deducción por maternidad.

La deducción por maternidad es de hasta 1200 Euros anuales por cada hijo menor de 3 años. Se calcula de forma proporcional al número de meses en que se cumplan de forma simultánea todos los requisitos mencionados en el párrafo anterior, incluido el mes de nacimiento del bebé y no computando el mes de su tercer cumpleaños. La deducción tiene como límite para cada hijo el importe íntegro de las cotizaciones a la Seguridad Social sin considerar bonificaciones.

Es posible cobrar la deducción por maternidad de dos maneras:

  • Aplicando la totalidad de la deducción en la declaración anual de IRPF
  • De forma anticipada mediante transferencia bancaria a razón de 100 Euros al mes por cada hijo menor de 3 años.

Si estás interesada en solicitar el pago anticipado de la deducción por maternidad pero no sabes cómo hacerlo sigue leyendo porque te voy a informar sobre:

  • ¿Qué es el modelo 140?
  • ¿Quién puede solicitar el pago anticipado?
  • ¿Cuándo y cómo se presentar el modelo 140?
  • ¿Cómo cumplimentar el modelo 140?

¿Qué es el Modelo 140?

Es el modelo oficial publicado por la Agencia Tributaria para solicitar el cobro anticipado de la deducción por maternidad.

Gracias al modelo 140 ya no será necesario que esperes meses para cobrar la deducción a que tienes derecho tras el nacimiento de tu hijo. Un bebé supone muchos gastos y una inyección de 100 Euros cada mes en la cuenta bancaria familiar viene muy bien.

Este modelo también te servirá para comunicar a Hacienda todas las variaciones personales relacionadas con la deducción por maternidad, que pueden ser variadas:

  • Fallecimiento del beneficiario al abono anticipado de la deducción
  • Baja del beneficiario en la Seguridad Social o Mutua
  • Cambio de residencia del beneficiario al extranjero o del resto del territorio español a los territorios históricos del País vasco o Navarra.
  • Renuncia del beneficiario al cobro anticipado de la deducción
  • Cambio de régimen de la Seguridad Social o Mutua
  • Baja de alguno de los hijos por los siguientes casos:
    • Fallecimiento
    • Cese de convivencia con pérdida con guarda y custodia
    • Obtención de rentas superiores a 8000 €, excluidas las exentas
    • Obtención de rentas que aunque no superen los 8000 € determinen la obligación de presentar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

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¿Qué es régimen o mutualidad en Modelo 140?

El Modelo 140 permite la solicitud a Hacienda, de forma anticipada, de la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). A través del mismo se puede conseguir la deducción de 1.200 € anuales por hijo menor (nacido en territorio español).

¿Quién puede solicitar el pago anticipado?

Según la Artículo 81 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) los contribuyentes que podrán solicitar el abono anticipado a través del modelo 140 por cada mes dados de alta en la Seguridad Social son los siguientes:

  • Trabajadores en el Régimen General o en los Regímenes Especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar con contrato de trabajo a jornada completa en alta como mínimo 15 días de cada mes.
  • Trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que estén dados de alta durante quince días cada mes.
  • Trabajadores con contrato de trabajo a tiempo parcial cuya jornada laboral sea como mínimo del 50% de la jornada ordinaria en la empresa en cómputo mensual y estén de alta todo el mes.
  • Trabajadores por cuenta ajena en alta en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el mes y que estén activos como mínimo diez jornadas reales en dicho periodo.

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¿Cuándo y cómo se presentar el modelo 140?

El plazo de presentación del Modelo 140 en la Agencia Tributaria depende del motivo por el quieras presentarlo:

  • Si tu motivo es porque quieres solicitar el abono anticipado de la deducción lo debes de presentar en el mismo momento en que cumples los requisitos para solicitarlo.
  • Si tu motivo es porque quieres comunicar algún cambio en tu situación personal que tenga relación con la deducción por maternidad tienes un plazo de quince días naturales desde el momento en que se produce dicho cambio.

En caso de que dejes de cumplir los requisitos que te dan derecho a aplicar la deducción por maternidad, deberás comunicar la baja en el cobro anticipado. Si posteriormente la situación vuelve a cambiar y cumples nuevamente con los requisitos exigidos para aplicar la deducción, podrás presentar un nuevo modelo 140 comunicando que deseas volver a recibir el cobro anticipado de la deducción.

¿Cómo cumplimentar el modelo 140?

Existen tres formas de presentar el Modelo 140. Puedes utilizar la que más te interese, cualquiera de las tres es válida. Son las siguientes:

  • Presentación física en cualquier delegación de Hacienda o a través de correo postal en sobre ordinario dirigido a la Agencia Estatal de Administración Tributaria al apartado de correo FD número 30000, Delegación Provincial.
  • Presentación telefónica en el número 901200345 que corresponde al Servicio de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria.
  • Presentación telemática si dispones de un certificado digital de persona física.

Para solicitar el cobro anticipado de la prestación de maternidad no es necesario aportar ninguna documentación adicional.

Modelo 140 – Hijo a cargo

Cumplimentar el Modelo 140 es tan sencillo que no deberías de tener ninguna dificultad para hacerlo. Los datos que debes consignar son los siguientes:

  • Nombre y apellidos
  • DNI
  • Número de afiliación a la Seguridad Social
  • Número de cuenta bancaria donde deseas recibir el cobro de los 100 Euros mensuales
  • Nombre, apellidos y fecha de nacimiento del hijo por el que solicitas recibir el cobro anticipado de la deducción por maternidad

Aunque no es lo habitual, Hacienda puede denegar tu solicitud. Lo hará en caso de que no cumplas los requisitos para aplicar la deducción por maternidad y se ocupará de comunicarte por escrito  las causas.

Después de este mini cursillo express, ya estás preparada para solicitar el abono anticipado de la deducción por maternidad a través de la presentación del Modelo 140. Si cumples con los requisitos no esperes más y… ¡solicítala!

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