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La contabilidad del autónomo, ¿cuáles son tus obligaciones?


Estás pensando desde hace tiempo en hacer realidad ese proyecto que tienes en mente. Sin embargo, sabes que para llevarlo a cabo existen una serie de obligaciones fiscales del autónomo que hay que cumplir para que todo esté en orden y conforme a la ley.

Serás tu propio jefe y como tal, estás obligado a llevar registro de todas las operaciones del negocio. Lo primero que tienes hacer es informarte bien. Debes aprender, por ejemplo, sobre los documentos que hay que presentar posteriormente a Hacienda y, en general, aprender sobre la contabilidad del autónomo. No importa si vas a optar por los servicios de un asesor, recuerda que ante las autoridades, la responsabilidad siempre será tuya, por lo que debes estar al día en tus obligaciones fiscales y contables.

Las obligaciones fiscales del autónomo

De acuerdo con el Código de Comercio (artículo 25.1) todo empresario está obligado a llevar una contabilidad ordenada, de acuerdo a la actividad de su empresa. Dicha contabilidad deberá permitir un seguimiento cronológico de las operaciones del negocio.

De esta obligación primaria, se deriva la llevanza de ciertos libros. Los libros de los que hablamos, afectan directamente la fiscalidad del autónomo y son la base para el cálculo de su carga tributaria o impuestos con los que debe contribuir. En concreto, estos libros de registro de la actividad están relacionados con el impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF). De acuerdo con el mecanismo que se use para estimar su rendimiento en el período fiscal -los ingresos que ha obtenido- , el autónomo estará obligado a llevar unos libros u otros.

Según la AEAT, de acuerdo con el régimen de estimación del rendimiento, los empresarios deberán llevar los siguientes libros:

  • Empresarios mercantiles en estimación directa normal: su contabilidad debe ajustarse al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad. Deberán llevar el Libro Diario, Libro de Inventarios y las Cuentas Anuales.
  • Empresarios no mercantiles en estimación directa normal y todos los empresarios en estimación directa simplificada: deben llevar el libro registro de ventas e ingresos, el libro registro de compras y gastos y el libro registro de bienes de inversión.
  • Profesionales en estimación directa, en cualquiera de sus modalidades: están obligados a la llevanza de un libro de registro de ingresos, libro de registro de gastos, libro registro de bienes de inversión y libro registro de provisiones de fondos y suplidos.
  • Empresarios y profesionales en estimación objetiva: tendrán que llevar dos libros, el libro registro de bienes de inversión (para quienes se deducen amortizaciones) y el libro registro de ventas e ingresos (profesionales de actividades agrícolas, ganaderas, forestales accesorias y de transformación de productos naturales).

Normalmente, los autónomos suelen estar afectados por el régimen de estimación directa simplificada. Esto es así porque el principal requisito para tributar en este régimen es que en el año anterior, el importe neto de la cifra de negocios del autónomo no supere los 600.000€.

Vemos pues, los libros obligatorios en el régimen de estimación directa simplificada.

Libros obligatorios en el régimen de estimación directa simplificada

  1. Libro de registro de ventas o ingresos. Es un registro de todas las ventas e ingresos de la actividad que se desarrolla. Se trata de recoger una a una las facturas que hayamos emitido, por orden cronológico.
  2. Libro de compras y gastos. En este libro se registran diariamente todas las compras y gastos relativas a la actividad de la empresa.
  3. Libro de bienes de inversión. Se registran en él, cada uno de los elementos de inmovilizado material e inmaterial (bienes de carácter duradero que se necesitan para desarrollar la actividad normal) que se amortizan. Un ejemplo sería un coche de empresa o la maquinaria que necesitemos para nuestro trabajo.
  4. Libro de registro de provisiones de fondos y suplidos. Las provisiones de fondos son aquellas cantidades que el autónomo recibe como adelanto de los servicios que va a ofrecer por parte del cliente. Por su parte los suplidos suponen los gastos del autónomo que paga en su nombre o en nombre de su cliente por el servicio que ofrecerá.

Pues bien, con esta sencilla explicación ya sabemos cuáles son las obligaciones fiscales del autónomo y su relación con la contabilidad del autónomo. No es tan difícil como parece, solamente debemos anotar y registrar todo lo que pasa por nuestra empresa para mantener las cuentas en orden y cumplir con nuestras responsabilidades contables y fiscales. De esta manera, podemos justificar mejor a Hacienda nuestras obligaciones contables como autónomos.

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