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¿Que es el Modelo 240 en Bizkaia?


El Modelo 240 en Bizkaia es el obligatorio a cumplimentar si eres autónomo y/o empresa y representa el Libro de Registro de Operaciones Económicas de las personas jurídicas. Las empresas de la citada ubicación están obligadas a presentar dicho Modelo de forma diaria, mensual o trimestral (según el volumen de operaciones que se realizan) y ahora, con la entrada en vigor de TicketBAI y Batuz, trae importantes novedades.

TicketBAI y Batuz en Bizkaia: Los cambios

Si aún no estás familiarizado con TicketBAI, esta es la nueva obligatoriedad que ha impuesto la Hacienda Foral para facturar. Aplica a todos los autónomos, pymes y empresas de cualquier tipo que vendan servicios / productos a sus clientes. A partir de ya (para comprobar fechas de aplicación, consultar aquí para todo el territorio y aquí, si te aplica Bizkaia), es imprescindible contar con un software de facturación homologado con el que emitir tickets y facturas que directamente son notificadas, de forma telemática, a la Hacienda Foral. Igualmente, estas transacciones y su oficialidad quedarán reflejadas en un QR generado de forma automática para los usuarios y clientes.

La nueva ley, creada e implementada para luchar contra el fraude fiscal por parte del Gobierno Vasco, trae consigo importantes sanciones y multas en caso de no aplicarse.

Más a más y como complemento de TicketBAI, se ha desarrollado el ya conocido sistema Batuz que controlará y mantendrá a la Hacienda Foral totalmente al día e informada de toda la tributación de las empresas de la región.

Derivados de estos dos nuevos sistemas que obligan a la implantación de un sistema software de facturación para las empresas que esté homologado (como billage), hay otros cambios en el hacer habitual de facturación y fiscalidad. Uno de ellos es el Modelo 240 para Bizkaia que ahora es imprescindible revisar y actualizar.

¿Qué es el Modelo 240 en Bizkaia?

El Modelo 240 de la Hacienda de Bizkaia es, ni más ni menos, que el nuevo Libro de Registro de Operaciones Económicas de las personas jurídicas. Este, se debe presentar de forma diaria, mensual o trimestral (dependiendo del volumen de actividad) por todas las empresas de la región.

¿Qué incluye el Modelo 240 en Bizkaia?

Para que se efectivo el Modelo 240 en Bizkaia, este debe estar cumplimentado correctamente y, previamente, haber cumplido con la obligatoriedad de TicketBAI y Batuz (para lo que hay que contar con un software de facturación homologado). Incluirá las partes siguientes:

  • Facturas emitidas: todas las que correspondan al periodo de tiempo establecido en el Modelo a presentar.
  • Facturas recibidas: igualmente, las acordes al periodo de tiempo establecido.
  • Bienes de inversión: que existan en la empresa.
  • Operaciones intracomunitarias: que de la misma forma, se hayan realizado en ese periodo de tiempo.
  • Movimientos contables: estos deben también ir incluidos en el Modelo para evaluar la situación completa.

Este Modelo 240 en Bizkaia se presenta de forma telemática – electrónica en la Hacienda Foral de Bizkaia. El funcionamiento es igual (sólo cambiando el modelo) que cuando se presenta el IVA. Al M. 240 se adhiere (como en casi todos los modelos) un impuesto al que hay que hacer frente según el monto resultante.

Con este Modelo 240, Hacienda realizará el borrador del IVA y del Impuesto de Sociedades para autónomos y/o empresas según el caso.

Modelo 240 en Bizkaia… ¿Para quién?

Todas las personas jurídicas cuyo negocio esté afincado en Bizkaia deberán presentar el Modelo 240 de forma telemática en la sede electrónica de la web de la Diputación Foral de Bizkaia.

Como empresarios (autónomos y/o pymes) se debe realizar la facturación y contabilidad del negocio en un software homologado por la Hacienda Foral que esté conectado con esta.

Para los que estén ahora mismo sorprendidos por ese “nuevo” sistema, añadimos que este Modelo 240 en Bizkaia no es algo nuevo y repentino. De hecho, se venía aplicando desde 2014 pero a través del Modelo 140. Aquí está el gran cambio.

Hasta ahora, todos presentaban el Modelo 140 como Libro de Registro de Operaciones Económicas (tanto persona física como jurídica).

Ahora y con la entrada en vigor de TicketBAI y Batuz, las personas físicas presentarán el Modelo 140 y las personas jurídicas, el Modelo 240 en Bizkaia como Libro Registro de Operaciones Económicas.

Los plazos del Modelo 240 en Bizkaia

Si hay algo a tener muy en cuenta en los Modelos fiscales esto es sin dudas, los plazos de presentación de los mismos. En caso de retraso, se puede incurrir en errores graves que llevan consigo importantes multas y sanciones. Siempre evitemos tener que lidiar con ello. Si necesitas ampliar información oficial sobre el Modelo 240 en Bizkaia, revisa en profundidad aquí, el Decreto Foral de Bizkaia.

De forma “general” y normal, el Modelo 240 en Bizkaia debe presentarse en el plazo que se encuentra entre la fecha de operación y el día 25 de abril, julio, octubre y en el caso de enero, el 31.

*Funciona igual que IVA: una vez que termina el trimestre, en este caso hay 25 días de margen para presentar los modelos – impuestos menos enero que hasta el día 31.

Con esta información, la Hacienda podrá crear los borradores de las declaraciones trimestrales. Cualquier contribuyente puede acceder a estos a través de la web de la Diputación Foral de Bizkaia. Aquí se podrán realizar trámites de reclamación, modificación, eliminación o ratificación de los borradores propuestos.

Para tener disponibles los borradores del IVA dependerá de si el Modelo 240 se está presentando de forma diaria – mensual – trimestral.

  • Mensual: Estarán disponibles los borradores a partir del 17 del siguiente mes.
  • Trimestral: los días 20 de abril – julio – octubre y 25 de enero.
  • Grandes empresas – devolución mensual de IVA: el plazo es de cuatro días desde la realización de inclusión del Libro de Registro de Operaciones Económicas (menos excepciones recogidas en la Norma Foral).

Sanciones por no presentación del Modelo 240 en Bizkaia

En el caso de no presentación del Modelo 240 en Bizkaia o, en su defecto, hacerlo fuera de fecha, se incurrirá en una serie de multas y sanciones a tener muy en cuenta. Los rangos entre los que se mueven estas sanciones arrancan en el 0,5% del importe de la factura no incluida en el registro con un mínimo trimestral de 600 €.

  • Modificación, manipulación y/o eliminación de información en el software de facturación – Sanción grave: sanción de hasta el 20% del volumen de operaciones con mínimo de 40.000 €.
  • Si hay reincidencia sobre el caso anterior, la multa podría ser del 30% del volumen de operaciones con un mínimo de 80.000 €.

Actualmente, para cumplir con este Modelo 240 en Bizkaia – Batuz, se puede esperar a enero de 2024. Actualmente, está en vigor un periodo voluntario para todos los autónomos y empresas que quieran acceder al mismo desde ya. En este caso, los que trabajen con este sistema de forma voluntaria, la Diputación les premia con una deducción del 30% en la cuota del IRPF o una deducción del mismo importe en el Impuesto de Sociedades.

Software homologado para Batuz y Modelo 240 en Bizkaia

Todo está preparado para el funcionamiento y rodaje de TicketBAI, BATUZ y Modelo 240 en Bizkaia. Está en marcha el periodo voluntario y los softwares homologados para la facturación electrónica (como billage).

La Hacienda Foral se ha garantizado el correcto funcionamiento de estos nuevos sistemas probándolos con antelación en más de 130 empresas. Ha mostrado al contribuyente cómo hacerlo de forma telemática y con sistemas totalmente evaluados y testados así como homologados. Utiliza billage para más comodidad en la facturación de tu negocio y además, suma agilidad con la gestión integral en un único lugar. ¿Quieres probar gratis?

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