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La Comunidad de Bienes


La Comunidad de Bienes es la forma de asociación más frecuente entre autónomos. Conoce las características de la misma y valora si puede interesarte constituir una.

¿Qué es una Comunidad de Bienes?

Una Comunidad de Bienes es una forma jurídica por la cual varias personas se asocian en torno a un bien o derecho que es propiedad de todos ellos, formando parte de una actividad empresarial realizada en común Es una forma jurídica utilizada, por ejemplo, cuando varios profesionales autónomos alquilan o compran una oficina donde prestar sus servicios. De este modo, todos son independientes como autónomos que son, pero comparten mediante esta figura los gastos (luz, electricidad, teléfono, internet, recepcionista, etc.) y posibles ingresos que deriven de las instalaciones usadas.

¿Qué normativa rige en la comunidad de bienes?

La comunidad de bienes, al no tener personalidad jurídica propia ni tratarse de una sociedad capitalista, no se rige por la Ley de Sociedades de Capital, sino que la norma base sobre la que se fundamenta su sistema societario es el Código de Comercio, complementándose en materia de derechos y obligaciones por el Código Civil.

¿Cuáles son las características de la comunidad de bienes?

La comunidad de bienes se forma a partir de un contrato privado entre los intervinientes en el que se detalle la naturaleza de las aportaciones y el porcentaje de participación que cada comunero tiene en las pérdidas y ganancias de la Comunidad de Bienes. La comunidad de bienes no tiene capital social como tal, por lo que no requiere de aportación mínima para su constitución, siendo válida únicamente la aportación a la comunidad de bienes, como su propio nombre indica, bienes, no pudiéndose aportar dinero o trabajo. El proceso de constitución de la comunidad de bienes, aunque no se trate de una sociedad capitalista, sí puede realizarse notarialmente, debiéndose otorgar escritura pública siempre que se aporten bienes inmuebles a la comunidad o existan derechos reales. Como nota característica adicional, ha de tenerse en cuenta que la comunidad de bienes se encuentra sometida al régimen especial de atribución de rentas, tanto si tiene como si no personalidad jurídica.

¿Existe un número mínimo de socios para constituir una comunidad de bienes?

Las comunidades de bienes, al contrario de lo que ocurre en el caso de las sociedades limitadas o las sociedades anónimas, no puede ser una sociedad unipersonal. Por tanto, para constituir una comunidad de bienes será necesario la existencia de, al menos, dos comuneros.  

¿Hay limitación de responsabilidad en el caso de la comunidad de bienes?

En la comunidad de bienes no existe limitación de responsabilidad frente a terceros, de forma que los socios, comuneros, no tendrán limitación alguna a la hora de responder frente a una reclamación de un tercero, respondiendo de las deudas y operaciones de la comunidad de bienes con sus bienes personales sin ningún tipo de limitación.

¿Cómo tributa la comunidad de bienes?

El sistema tributario de la comunidad de bienes no es independiente del de sus socios, como si ocurre en las sociedades capitalistas. Las rentas obtenidas por la comunidad de bienes no tributan por medio de la comunidad de bienes como tal, sino que se atribuye a los propios comuneros de la sociedad. De este modo, en la declaración tributaria de cada uno de ellos deberán integran no sólo las rentas y rendimientos obtenidos por sí mismos, sino que deberán incluir los rendimientos de la comunidad de bienes. Consecuencia de esto, las rentas de la comunidad de bienes no puede decirse que tributen por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, ya que los comuneros pueden ser tanto personas físicas, en cuyo caso si que deberán incluir en su declaración de IRPF las rentas de la comunidad de bienes, como personas jurídicas, en cuyo caso deben integrar sus rentas en el Impuesto de Sociedades, como, en otro de los supuestos, que se trate de personas físicas no residentes, en cuyo caso deberán tributar por el Impuesto de la Renta de No Residentes.   Si has decidido que la comunidad de bienes puede ser la figura que más se ajusta a tus necesidades, conoce cómo elaborar un contrato de comunidad de bienes de forma que todo esté ligado jurídicamente y no tengas ningún problema en el futuro.

 ¿Consideras interesante la figura de la comunidad de bienes o crees más apropiado acudir a una sociedad capitalista como la sociedad limitada o la sociedad anónima?

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