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Guía de cómo hacer la Declaración de la Renta 2022


La campaña de la Declaración de la Renta 2022 estará aquí antes de que nos demos cuenta. Dejando atrás los mantecados o turrones y quitándonos el disfraz de carnavales, habrá que ponerse manos a la obra con la Declaración de la Renta. Lo mejor como siempre es estar prevenidos, tener toda la información a mano y conseguir así un resultado favorable. La gran cita fiscal del año se acerca. Toca rendir cuentas (aún más) con la Administración. ¿Cómo se hace la Declaración? Sigue esta guía paso a paso para conocer los detalles de este trámite imprescindible y obligatorio para todos.

Guía para hacer la Declaración de la Renta 2022

Independientemente de si somos persona física o fiscal (autónomo, trabajador por cuenta ajena y/o propia, tenemos una empresa, etc), la realización y presentación de la Declaración de la Renta es un trámite obligado para todos. Por lo tanto, es importante que para cuando llegue la fecha de apertura de la campaña, tengamos la documentación necesaria prevista y preparada. Pero ¿qué es exactamente la Declaración de la Renta?

Como su propio nombre indica supone una declaración (información completa y detallada) de la Renta adquirida por las personas físicas en España durante un ejercicio – año. Hace referencia al IRPF como impuesto al que todos debemos hacer frente con nuestros ingresos. Es, sin duda, el mayor y más importante impuesto que aplica a las personas físicas y que ejerce la Agencia Tributaria Española. 

Este, el IRPF a través de la Declaración de la Renta (que será lo que pagarás si sale a pagar o que te devolverán si sale a devolver) es un tributo personal y directo que atiende a la propia persona física que realiza la declaración así como a sus familiares dependientes. 

¿Qué es la Declaración de la Renta?

Año tras año, todos realizamos la declaración pero, ¿realmente sabemos qué es? En la mayoría de los casos, como con casi todo lo que ocurre con asuntos de Hacienda, tenemos automatizada la obligación pero desconocemos lo que significa e implica. 

La Declaración de la Renta es el proceso anual mediante el cual todos los contribuyentes de España “declaran” de forma explícita el Impuesto sobre la Renta. Es decir, detallar en un documento a la Administración de Hacienda, todos los ingresos que hemos percibido durante el año y la cotización en IRPF que se ha realizado en consecuencia. 

En resumen, es informar a Hacienda de los ingresos de cada persona física y que de ahí, se derive el IRPF por el que hay que cotizar. 

De esta Declaración saldrá el resultado de a pagar o a devolver según hayamos cotizado durante el año. Si sale a devolver, es que hemos pagado más IRPF del que nos correspondía y la Administración “nos debe dinero”. Si sale a pagar, al contrario y somos nosotros los que tenemos una cuenta pendiente. 

¿Quién debe presentar Declaración de la Renta?

Otra de las preguntas más frecuentes a la hora de abordar la Declaración de la Renta es quién debe presentarla. En realidad, es lo que más nos preocupa y nos tiene siempre en vilo, sobre todo cuando es la primera vez que se presenta, con el primer trabajo y los primeros ingresos. 

Nadie nos enseña qué es la Declaración de la Renta, cuándo hay que hacerla, por qué o en qué momento debemos empezar con ella. Debería ser una asignatura obligada en los colegios – institutos y por supuesto, en la universidad. En su defecto, las familias deberían enseñar a sus hijos los trámites obligatorios de la vida diaria. Por desgracia, no es así y muchas veces se aprende con palos y multas de Hacienda por “no presentación”. Hay que tener en cuenta que en España, el desconocer una norma no exime de su cumplimiento. 

En términos generales, debe presentar la Declaración de la Renta: 

  • Todo ciudadano que permanezca en el territorio español más de 183 días durante el año natural. 
  • Toda persona física cuyo núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos radique en España de forma directa o indirecta.
  • Contribuyentes con derecho a aplicar deducción por inversión habitual o deducción por doble imposición. 
  • Contribuyentes que realicen aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión de asegurados, planes de previsión empresarial, seguros de dependencia.

¿Quién no está obligado a presentar Declaración de la Renta?

Si saber quién tiene que presentar la declaración de la renta es un tema escabroso por las dudas que genera, obviamente podemos partir o siempre revisar quién está exento de ella. No presentarla es un respiro, para qué nos vamos a engañar así que tengamos siempre en nuestro escenario estas casuísticas.

  • Si no estás obligado a declarar y se solicita devolución en los siguientes casos: retenciones e ingresos a cuenta soportados; deducción de maternidad; deducción por familia numerosa, deducción por personas con discapacidad a cargo. 
  • Los contribuyentes que han obtenido una renta superior a las cuantías determinadas como excepción: rendimiento de trabajo no superior a los 22.000 € anuales con carácter general o 12.643 € anuales en los siguientes casos:
    • Si los rendimientos del trabajo son de más de un pagador.
    • Si se perciben pensiones compensatorias del cónyuge no anualidades no exentas.
    • Si el pagador no está obligado a retener.
    • Si los rendimientos íntegros del trabajo están sujetos a tipo fijo de retención.
    • Rendimientos del capital inmobiliario y ganancias patrimoniales de no más de 1.600 € y sometidos a retención.
    • Rentas inmobiliarias, rendimientos de capital inmobiliario derivados de Letras del Tesoro no sujetos a retención y subvenciones públicas con límite 1.000 € anual.

*Si alguien está exento de presentar la declaración, una buena vía para saber si a pesar de ese dato beneficiaría presentarla es realizar en todo caso, el borrador de la misma. Así si sale a devolver, mejor presentarla. 

Cómo funciona la Declaración de la Renta

De la declaración de la renta tenemos dos cosas claras: que hay que presentarla cada año (salvo excepciones) y que puede salir a devolver (triunfo para el contribuyente) o a pagar (gana Hacienda). Del resto, para qué sirve, cómo funciona, etc… suele representar un misterio para todos los que no nos dedicamos a asuntos fiscales. 

El cómo funciona es uno de esos aspectos que ni nos paramos a pensar pero es importante conocer toda actividad que realizamos y más, si implica a nuestros ingresos y ganancias – pérdidas. 

La declaración de la renta funciona de forma bidireccional aunque parezca lo contrario. En ella informamos a la Hacienda de nuestros ingresos y salidas económicas para que ella evalúe si hemos cotizado o no lo suficiente en base a nuestra situación. Una vez presentada la declaración y revisada por la Administración, esta será la que nos devuelva una respuesta en formato “devolución o a pagar” con la que estaremos al tanto de esa cotización que realizamos. 

Todo lo que acontece en nuestra vida durante un año a efectos económicos, tiene que verse reflejado en la declaración de la renta. Los rendimientos del trabajo, del ahorro, de las inversiones… Todo estará reflejado en la declaración y por todos ellos, debemos pagar el tributo correspondiente – IRPF (a realizar en el Modelo 190).

Realizar y presentar la declaración de la renta es para todos los ciudadanos de España independientemente de si son trabajadores por cuenta propia o ajena. En este caso lo que se declara es la retención de IRPF (no el IVA con en las declaraciones trimestrales).

Al margen de las actividades habituales que notificamos a Hacienda en la declaración, hay otras circunstanciales que tenemos que tener en cuenta para su notificación extraordinaria como es el caso del arrendamiento de inmuebles, la venta de propiedades, traspasos de negocios, etc. 

Situaciones laborales ante la declaración

Uno de los puntos que más va a modificar o alterar una declaración de la renta es sin duda alguna, la situación laboral que se tenga durante el ejercicio a presentar. 

En caso de estar trabajando (cuenta propia o ajena) y percibir más de 20.000 € al año como rendimiento del trabajo, la declaración es obligatoria y se debe presentar en los plazos establecidos. 

Si se está desempleado y no se han superado los 20.000 € de ingresos por rendimientos del trabajo o no se ha tenido más de un pagador (no superando esa cantidad), la declaración no hay que presentarla y se está exento. 

Los ERTES son una de las características que más pueden afectar a una declaración si se ha “sufrido” durante el ejercicio a declarar y no como pensamos. El SEPE está considerado como segundo pagador por lo que, aún no superando los 20.000 € de ingresos anuales, hay que presentar la declaración (si del SEPE se ha percibido más de 1.500 € anuales). Este punto hay que tenerlo muy en cuenta porque normalmente, los pagos del SEPE están exentos de IRPF en el momento del pago algo que con la declaración se regulariza en favor de Hacienda. 

*En los ERTES de los últimos años (desde el Covid), Hacienda ha cometido numerosos errores, situación no regularizada en el SEPE y que ha afectado a un amplio número de contribuyentes. Es fundamental estar al tanto si es la situación la que nos afecta. 

Fechas de la Declaración de la Renta

Solo se puede evitar cometer un error con la declaración de la renta si tenemos bien anotadas las fechas en nuestro calendario y/o agenda. La declaración siempre arranca con la campaña oficial de Hacienda que veremos anunciada por todos lados (televisión, mobiliario urbano, etc) y además, seguramente, nos llegará una carta a nuestro domicilio fiscal para notificarnos el inicio de la misma. 

Para 2021 las fechas fueron las siguientes: 

  • Para declaraciones por internet: del 6 de abril al 30 de junio de 2022.
  • Para declaraciones físicas en la Agencia Tributaria: del 5 de mayo al 30 de junio de 2022.

Para tener todo preparado lo mejor es utilizar billage día a día en la gestión del negocio. De ahí, se puede sacar toda la información necesaria en tiempo real para la realización del borrador que una vez tengamos bien claro, solo habrá que presentar en Hacienda y esperar a la resolución, cruzando dedos para que salga a devolver. 

Paso a paso para realizar la Declaración de la Renta 2022

Desde billage siempre recomendamos, en la medida de lo posible, delegar este tipo de actividades a profesionales muy especializados. Es un gasto de energía y tiempo muy elevado que además, puede conllevarnos errores o no detectar oportunidades. Hay numerosos asesores especializados que por una cantidad muy ajustada, presentarán nuestra declaración. La ocasión bien merece el coste.

De todas formas, si hay quien quiere hacerlo por su cuenta, el paso a paso sería:

  • Acceder a la web de Hacienda y acudir al apartado Renta 2022 (una vez que se haya abierto la campaña). 
  • Introducir nuestros datos de acceso – identificación con lo que se llega al borrador de la declaración. 
  • Cumplimentar los datos personales.
  • Rellenar todos los campos que nos soliciten y revisar los que ya estén cumplimentados. 
  • Elaborar con todo, la declaración.

Una vez terminado el borrador podremos revisarlo y evaluar si es correcto. En el caso afirmativo, solo queda presentarla y esperar la notificación de resolución. 

Después de leer este artículo ya conoces muchos más detalles sobre la declaración de la renta y su funcionamiento. Por fin están resueltas las dudas sobre quién debe presentar declaración y qué debe declararse, así que estás en condiciones de repasar tus datos fiscales y confeccionar tu declaración en unos cuantos clics.

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