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Tengo que facturar a un país no comunitario ¿Cómo lo hago?


En muchas ocasiones, especialmente si nuestro negocio tiene un aspecto de venta electrónica, nos encontramos con clientes que no se encuentran en nuestro país, teniendo que realizar facturas al extranjero. Algunos autónomos, por no complicarse con estas cuestiones, rechazan a estos clientes, renunciando a los beneficios que puede aportar el ampliar nuestro público objetivo más allá de España.

En cambio, es recomendable abrirnos a la globalización y poder vender a todos los clientes que soliciten nuestros productos o servicios, estén donde estén, y que si decidimos no hacerlo, al menos no sea porque no sabemos cómo facturar a esos países no comunitarios.

¿Qué países se consideran no comunitarios?

En primer lugar, debemos saber perfectamente qué países son no comunitarios, ya que aunque en su propia denominación podemos apreciar la respuesta, a la hora de la verdad y siendo sinceros, hay veces que nos entran las dudas.

Son no comunitarios aquellos que están fuera de la Unión Europea. En consecuencia, y para hacerlo más fácil, se consideran no comunitarios todos aquellos que no sean Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia,  Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia,  Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal,  Reino Unido, República Checa, Rumanía ni Suecia.

¿Debo incluir IVA en las facturas a países no comunitarios?

Esta es la gran duda a tener en cuenta cuando emitimos una factura a alguno de los países que se encuentran fuera de la Unión Europea, la inclusión o no del Impuesto de Valor Añadido (IVA) en las mismas.
Al tratarse de una exportación, siendo el destino del bien o el servicio un país fuera de la Unión Europea, y siendo indiferente si el destinatario del mismo es una persona física, particular o profesional, o una empresa, no debemos incluir IVA en estas facturas.

Con esto no estamos incumpliendo la normativa, ni engañando a nadie por facturar sin IVA, al contrario, debemos tener en cuenta el perjuicio que causaríamos a una empresa extranjera si, incluyendo IVA en la factura, debe reportar dicho IVA a la Agencia Tributaria española o en su caso poner en marcha los mecanismos internacionales de compensación de impuestos.

Por ello, y al contrario de lo que ocurre en la Unión Europea, donde existen sistemas y controles a este respecto para facilitar esa exportación dentro de países comunitarios, con los países extracomunitarios las facturas deben emitirse sin IVA.

*En muchas ocasiones no verás IVA o mejor dicho, tus clientes te hablarán del VAT, debes entonces saber ¿qué es el VAT?

¿Qué requisitos debe cumplir la operación para poder no incluir el IVA en la factura?

Como veíamos, se debe destinar el producto o servicio a un país no comunitario. A tal efecto, es requisito imprescindible que el servicio o producto salga de forma efectiva fuera de la Unión Europea.

Esta salida puede ser física, en el caso de productos tangibles, mediante el envío del mismo por correo o mensajería, o puede ser virtual, como es el caso de servicios o productos que se transfieren de forma electrónica.

En cualquier caso, es muy importante y relevante guardar toda la documentación correspondiente a la operación (la factura, albaranes de envío, documentos del transporte, justificantes de aduanas, etc.) a fin de poder probar en el caso de una inspección que dicho producto o servicio efectivamente iba destinado a un país no comunitario y por ello la facturación del mismo debía realizarse sin incluir el impuesto correspondiente, el IVA en el caso de España. 

¿Consideras complicado el sistema de facturación a países no comunitarios? ¿Crees que facturar a los mismos sin incluir en la factura el impuesto del IVA es beneficioso o perjudicial? ¿Crees que debería incluirse el IVA en todas las facturas sin preocuparse del destinatario del bien o servicio de modo que se simplificase la elaboración de las facturas? No te pierdas nada, lleva todo al día, es lo más sencillo y útil para tu negocio. ¿Cómo hacerlo? Con un software de facturación gratis.

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55 Comentarios
  • Nick
    Nick2022-12-22 15:50:02
    Autor

    Buenas tardes.

    Tenemos previsto abrir una agencia de marketing, con servicios de diseño web, SEO y SEM (un decir digitales) y no deseamos facturar solo en España. Sino abrir el mercado desde el primer momento a nivel LATAM y Zona EUR.

    La pregunta mas importante es: en los pais LATAM de habla castellano donde vamos a abrir el mercado en la primera fase, se debe emitir factura por servicios digitales con o sin IMPUESTOS?

    Gracias.

  • Costel
    Costel2022-10-26 19:25:57
    Autor

    Hola
    Soy Rumano y tengo residencia en España tengo una empresa Rumana y quiero trabajar en España facturando con la empresa Rumana tengo que cobrar el iva?

  • Vicente
    Vicente2018-07-30 23:25:24
    Autor

    Hola! Ya sé que no son miembros de la UE, pero tengo la duda en el comercio electrónico con los países europeos que NO están en la UE pero sí (algunos) en el Espacio Económico Europeo. Hablo de Noruega, Suiza, Islandia o Lichtenstein. ¿si yo le vendo por internet a particulares de estos países (productos, no servicios) ¿tengo que facturar con o sin IVA? Es decir, a esos países que obviamente no son Ue pero sí EEE, se tratan como si vendiera en Rusia o en EEUU?
    Gracias y un saludo

  • Barbara Smerkin
    Barbara Smerkin2018-07-23 18:13:52
    Autor

    Hola Como estás. Soy italiana residente en España. Voy a ofrecer mis servicios de asesoramiento a una empresa Argentina. Cómo debería hacer en tal caso? tengo que ser autónoma? Pueden pagarme en un banco de España sin que me represente un gasto adicional?

  • jorge
    jorge2018-07-12 13:11:30
    Autor

    Hola Luis! una consulta, como agencia de viajes, tengo clientes no comunitarios, que de su destino vienen a España o a una zona comunitaria como turistas. Tengo que aplicarle el iva?

  • Gian
    Gian2018-07-07 01:15:55
    Autor

    Hola, primero que todo enhorabuena por el blog! A ver si me pueden ayudar con mi consulta. Soy autónomo (en España) con alta en IRPF y con VAT comunitario. Tengo un blog donde ofrezco servicios de diseño web, formación online y cualquier tipo de servicio en WordPress, gianoliveira(.)com/servicios/, y todo el trabajo lo realizaría desde mi casa en Madrid. Es una especie de tienda online y se pueden contratar desde cualquier país. La pregunta sería en 2 partes:
    1. Cuando el servicio sea contratado desde cualquier país de la Unión Europea (Alemania, Francia por ejemplo), ¿el servicio llevaría IVA siendo particular y llevaría IVA siendo empresa?
    2. Cuando el servicio sea contratado desde cualquier país fuera de la Unión Europea (Estados Unidos, Colombia por ejemplo), ¿el servicio llevaría IVA siendo particular y llevaría IVA siendo empresa?
    Espero me haya podido expresar bien. Solo necesito conocer este detalle para terminar de configurar la tienda. Muchas gracias. Gian.

  • german pro
    german pro2018-06-29 19:51:05
    Autor

    Hola Luis,

    ¿en qué lugar de la declaración del IRPF sería necesario incluir, una factura que no ha tenido IRPF ni IVA (prestación de servicios profesionales a Suiza)?

    Enhorabuena por el blog.

  • Ana
    Ana2018-05-11 20:58:20
    Autor

    Hola! Muchas gracias por tu artículo me resultó muy útil pero me quedó una pequeña duda. Estoy realizando un trabajo para un cliente Mexicano, entiendo que la factura está exenta de Iva y IRPF (además es un trabajo de ilustración con cesión de derechos, por lo que creo que de por sí ya está exento de Iva en España). Mi pregunta es si debo darme de alta en algún lugar, ya que leí sobre el ROI, pero este sólo es para la Unión Europea, no?
    Gracias de antemano!

  • Beatriz
    Beatriz2018-04-24 15:39:15
    Autor

    Hola, llevo horas mirando por internet y por fin encuentro un post que puede ayudarme, te explico: Me han pedido que imparta unas conferencias en Bolivia y República Dominicana, soy coach y serían sobre crecimiento personal, será algo puntual y no se repetirá al menos en bastante tiempo por allí, el tema es que no se si debo hacer recibo o factura con IVA ( estoy dada de alta en mi actividad como autónoma ) y IRPF, el encargo es de unos particulares de los dos países, tampoco se que gastos estando allí puedo desgravar en mi declaración. Muchas gracias anticipadas por tu respuesta.

  • Pedro
    Pedro2018-04-19 19:32:22
    Autor

    Muy buenas. Mi nombre es Pedro y soy un dibujante afincado en Sevilla. Quiero abrir algún día un proyecto en Patreon y vivir de ello como autónomo aquí, en España. Vamos, que quiero obtener factura de ellos (una empresa de EEUU) y tributar a Hacienda con el VAT entre medio (para españa, el VAT = IVA está fijado en un 21%). 1º) Patreon aplica a los fans el 21% del VAT en cada pago que hacen debido a que yo estoy registrado en la web como artista en España. Si accedes aquí: https://patreon.zendesk.com/hc/en-us/articles/205259549-How-Does-VAT-Work-on-Patreon- verás abajo que hay un recorte de captura de pantalla en el que se aplica el impuesto directamente al pago que va a realizar el mecenas, pasando de pagar 1,20 $ en vez de 1 $, que es lo que se le aplica a cada mecenas. 2º) En Patreon hay , por tanto, una sección privada que sólo vemos los creadores, que es para exportar un EXCEL que informa del VAT que se ha restado de los pagos que me han llegado. No sé si ese archivo lo tendría que llevar a Hacienda para pedir devolución de Renta o qué. En fin, no sé si habré soltado burradas, pero llevo mucho investigando en el tema y pocos saben, porque es una situación de lo más específica dentro del terreno del autónomo. El crowdfunding recurrente no está normalizado en España, por eso, estudiando la viabilidad, te encuentras con muchos callejones sin salida con los que me he topado yo bicheando por internet. Espero que me eches un pequeño cable con tu ampliada experiencia.

  • María
    María2018-03-24 12:40:48
    Autor

    Hola. Trabajo de traductora autónoma, hasta ahora sólo para países extracomunitarios, por tanto sin IVA ni retención IRPF y declaro el 130. En 2018 trabajaré también para una empresa española, así que algunas facturas (no el 70%) llevarán IVA e IRPF. El 15% de IRPF de esas facturas, ¿se incluye en el modelo 130? Si lo entiendo bien, como ya habré pagado el 15%, en el 130 sólo tendré que pagar el 5% restante? ¿Se calcula de forma automática? Muchísimas gracias

  • Levi González Ariza
    Levi González Ariza2018-03-17 00:24:11
    Autor

    Estimados señores

    Tengo 29 años, y tengo una Sociedad Limitada, con tres años de antigüedad con ella quiero comprar móviles sin Marcas a China, y venderlo en una tienda online a los países de la UE, y Rusia, con mi marca que se la pongo en España con una impresora Láser, la marca la tengo registrada en la OEPM, mi pregunta es:

    Cuando venda un teléfono móvil a un cliente de los 27 países de la UE, tengo que poner en la factura más IVA? Por ejemplo 100 € + IVA = 121 €, ¿Es correcto?

    ¿Cuando venda móviles a Rusia tengo que poner en la factura IVA?

    Un saludo respetuoso

    Levi

  • CESAR
    CESAR2018-03-09 17:29:57
    Autor

    Somos una Agencia de Viajes Mayorista nuestros clientes son Agencias de Viajes Mayoristas de México y Colombia,nos contratan viajes para sus clientes para Europa y resto del mundo, como contabilizamos la factura emitida y si tenemos que pagar IVA

  • Alberto CB
    Alberto CB2018-02-18 23:52:12
    Autor

    Hola, Necesito ayuda porque estoy muy perdido en lo que se refiere a autónomos, pues siempre he trabajado por cuenta ajena y ahora se me plantea una opción de trabajar para una empresa egipcia mediante un contrato de prestación de servicios, yo sería digamos el Responsable Comercial para vender sus productos a clientes de todo el mundo. La venta se haría desde Egipto y yo viviría en España. Como no tienen subsidiaria en España y de momento no se lo plantean, la única opción que me proponen es que les facture de acuerdo a un «Sales Service Agreement». Mi preguntas son: 1. Como puedo saber lo que tengo que tributar a hacienda para ver cuanto les tengo que pedir siendo autónomo. ya veo que no tengo que facturarles ni IVA ni retención de IRPF. Pongamos un ejemplo si me pagan 100.000 al año cuanto se me quedaría en neto? sin considerar gastos deducibles. 2. Existe algún otro tipo de contrato que fuera más interesante? por ejemplo, contrato desde allí pero yo tributando con domicilio fiscal en España, eso es posible? He leído que si ese fuera el caso, podría no tributar por mis estancias fuera de España que serán muchas hasta un tope de 183 días o algo así. Este sería muy beneficioso en esos términos. Tengo que responderles esta semana. Muchísimas gracias

  • Indra
    Indra2018-01-21 14:32:21
    Autor

    Hola Luis Miguel. Soy autónoma, trabajo siempre desde España prestando mis servicios como proveedora externa únicamente a una sola empresa de Estados Unidos. Tabajo cada día unas 6-8 horas para ellos, gestionando proyectos de traducción. Puesto que nunca facturo IVA, me pregunto si tendría que cumplimentar algún formulario anual extra. Me mencionaron el 390 por exportación. Muchas gracias de antemano. Atentamente, Indra.

  • Juan
    Juan2018-01-19 17:46:21
    Autor

    Hola. Mi pregunta es la siguiente: ¿Puede una empresa española facturar a otra de Marruecos? Se trataria de enviar semillas desde mi empresa en España, para una empresa española que tiene una filial en Marruecos y quiere que se la facturemos a dicha filial.

  • Sofia Acosta Martinez
    Sofia Acosta Martinez2018-01-07 11:42:22
    Autor

    Buenos días. Quizás puedan asesorarme desde aquí, porque la verdad que no encuentro en la web una solución relacionada con la duda que tengo. No se si la tiene. Conozco una compañía de artistas de circo que residen en Argentina. A ellos les han confirmado varios festivales en España e Italia para venir a trabajar este verano. Les piden un CIF español para poder facturar los espectáculos, pero ellos no lo tienen. Me pregunto si ¿habrá alguna cooperativa que pueda prestar estos servicios a casos así de concretos? ¿Una cooperativa que preste su CIF para hacer este tipo de facturas? Cualquier información al respecto os la agradezco mucho. Feliz año, un saludo!

  • Toni
    Toni2018-01-02 13:14:26
    Autor

    Hola , fantastico blog y sobre todo muy claro.Si me permite una pregunta ¿ voy a abrir una tienda solo online de venta de ropa fabricada en España para vender a nivel internacional.Entiendo que para paises NO comunitarios no cobrare iva pero en el caso de los comunitarios y vendiendo desde España ¿que iva tengo que cobrar el de España 21% o el del pais desde el que compren, por ejemplo si me compran desde Alemania el 19% ?
    Gracias, un saludo.

  • Jorge Marcos
    Jorge Marcos2017-11-26 16:26:32
    Autor

    Estimados,
    Quisiera hacerles la siguiente consulta:
    El escenario es el de una empresa no comunitaria que me contrata como autonomo para que preste mis servicios de consultoria a una empresa española.
    Por un lado la empresa no comunitaria factura mensualmente sus servicios a la empresa española quedandose un amplio margen de beneficios y por otro yo facturo mensualmente a la empresa no comunitaria mis servicios una cifra bastante inferior a la facturada por la empresa.
    En ambos casos entiendo que dado que los servicios se prestan en territorio español, se deben incluir IVA y retencion en las respectivas facturas.
    En mi caso tengo claro que debo cumplir con mis obligaciones de declarar a Hacienda y pagar la cuota mensual de autonomos.
    En el caso de la empresa no comunitaria que es lo que esta deberia hacer con respecto al IVA y retencion?
    Y por ultimo la empresa que percibe mis servicios subcontratados pero recibe la factura a traves de la empresa no comunitaria cuales son las obligaciones y/o requisitos legales que debe cumplir?.
    Ven Uds. en este escenario algun tipo de fraude o evasión? salvo el mero hecho de que haya un margen de utilidad que queda en el extranjero? es esto de alguna forma evasión?.

  • Maria Ciria
    Maria Ciria2017-11-21 12:55:37
    Autor

    Buenas tardes,

    Si emitimos una factura de servicios de contabilidad desde España a Singapur, en ese caso el servicio se localizaria en destino y no aplicariamos IVA, es esto correcto? Ya luego en Singapur se aplicarian las normas del pais en cuestion, desde el punto de visto de facturas recibidas.

  • Santiago
    Santiago2017-11-10 00:25:12
    Autor

    Hola Luis
    voy a volver a mí país con menaje de hogar y coche y se que el iva no se aplica al llevarme estos artículos, pero al consultar al centro comercial y al concesionario me cobran el iva, dónde y/o como puedo pedir la revolución de la misma.

    Gracias

  • Julian Morcillo
    Julian Morcillo2017-07-03 20:34:54
    Autor

    Buenas tardes,

    Tengo empresa en Chile y en España. Somos 4 socios y no sabemos cual es la mejor opción para facturar.
    No sabemos si es mejor que cada uno emita una factura por los trabajos realizados a la empresa Chilena o por el contrario que la empresa Española facture a la Chilena y a su vez nosotros repartamos dividendos en la española.

    Saludos.

  • César Risso
    César Risso2017-07-02 22:58:28
    Autor

    Buenas noches!… antes que nada felicitarles por este estupendo post! Nos es de mucha ayuda para quienes tenemos dudas con transacciones internacionales.

    Al respecto tengo unas consultas.

    Actualmente estoy en tratos con una Empresa Americana que brinda servicios online B2B.

    Mi trabajo consistiría en constituir un call center y contratar a un equipo de personas para dar soporte en español y en Inglés focalizándonos en países europeos y de Sudamérica (atención al cliente y ventas).

    Nosotros no facturamos a los clientes, ellos se encargan de eso a través de su web.

    Nosotros sólo realizaríamos el servicio descrito y “sólo trabajaríamos para ellos”.

    La pregunta del millón.

    Me están pidiendo un presupuesto por mis servicios. Empezaríamos con un equipo de 5 personas.

    Tengo dudas con el presupuesto porque no sé qué impuestos debo pagar.

    1)Cómo les facturo el servicio (Con o sin IVA?)
    2)¿Qué impuestos tengo que pagar? (IRPF… ¿alguno más?).
    3)No estoy dado de alta ni como autónomo ni como empresa (qué me conviene más, en vista de que tengo que contratar a un equipo de personas?.

    Me sería de mucha ayuda si pudiesen aclarar mis dudas.

    Un saludo y Éxitos!

    César.

  • César Risso
    César Risso2017-06-29 12:50:42
    Autor

    Buenos días!… antes que nada felicitarles por este estupendo post! Nos es de mucha ayuda para quienes tenemos dudas con transacciones internacionales.

    Al respecto tengo unas consultas.

    Actualmente estoy en tratos con una Empresa Americana que brinda servicios online B2B.

    Mi trabajo consistiría en constituir un call center y contratar a un equipo de personas para dar soporte en español y en Inglés focalizándonos en países europeos y de Sudamérica (atención al cliente y ventas).

    Nosotros no facturamos a los clientes, ellos se encargan de eso a través de su web.

    Nosotros sólo realizaríamos el servicio descrito y “sólo trabajaríamos para ellos”.

    La pregunta del millón.

    Me están pidiendo un presupuesto por mis servicios. Empezaríamos con un equipo de 5 personas.

    Tengo dudas con el presupuesto porque no sé qué impuestos debo pagar.

    1)Cómo les facturo el servicio (Con o sin IVA?)
    2)¿Qué impuestos tengo que pagar? (IRPF… ¿alguno más?).
    3)No estoy dado de alta ni como autónomo ni como empresa (qué me conviene más, en vista de que tengo que contratar a un equipo de personas?.

    Me sería de mucha ayuda si pudiesen aclarar mis dudas.

    Un saludo y Éxitos!

    César.

  • KATHERINE
    KATHERINE2017-06-08 22:47:35
    Autor

    Muchas gracias por la ayuda Luis Miguel.
    Saludos.

  • KATHERINE
    KATHERINE2017-05-03 18:45:20
    Autor

    Hola Luis Miguel.
    Trabajo en una empresa de servicios de Perú y tenemos clientes españoles. Muchos de los servicios son con finalidad de trabajo en Perú, por lo tanto son facturados con IVA. Actualmente se está cambiando el sistema de facturación en nuestro país a facturación electrónica pero me dicen que según las normas locales no podemos emitir facturas a empresas no domiciliadas si no se trata de exportación de servicios, en estos casos debemos emitir «Boletas de Venta» que no muestran el CIF del cliente. Este tipo de documento es aceptado por el fisco en España como un comprobante de pago? Las empresas españolas a las cuales facturamos que nos piden mostrar el CIF pueden pagarnos con este comprobante que no lo muestra?

  • Manuel Serrano
    Manuel Serrano2017-04-25 16:07:29
    Autor

    buenas tardes
    Soy responsable de logística internacional de una multinacional pero hoy me ha surgido un caso interesante.
    Un cliente estadounidense quiere que le facturemos con su razón social de U.S.A pero quiere dejar las mercancía para su uso en españa.
    Yo desde mi punto de vista creo que se tendria que facturar el I.V.A , pero tanto el cliente como el comercial muestra dudas y son reacios a esto.
    Si yo facturo a este cliente de U.S.A sin iva y la mercancía se queda en españa definitivamente , incurriré en un fraude?

    Gracias!

  • Lydia Sánchez
    Lydia Sánchez2017-03-29 14:17:54
    Autor

    Buenos días!

    Te comento:

    Llevo 2 meses viviendo en Irlanda, donde me he dado de alta como autónoma. El caso es que ahora tengo que facturar a una empresa española (trabajo también con francesas, inglesas…), y me indican que necesitan un «Certificado de Residencia Fiscal con Convenio de Doble Imposición», el cual no puedo obtener todavía por no llevar aún 183 días en el país.

    Uno de mis dilemas son a la hora de facturar. Hacienda España me indica que como aún consta que mi residencia fiscal está en España, mis datos en la factura deben ser los españoles (Mi dirección, DNI…), pero les insisto en que YA NO SOY AUTÓNOMA EN ESPAÑA, y se pasan la bola y no me resuelven nada.

    Entonces mi duda es, a la hora de emitir las facturas, ¿Qué datos fiscales debo poner, mi dirección y DNI españoles, o mi dirección y PPS irlandés? Porque hasta que no pasen 6 meses no se considerará que mi residencia fiscal está en Irlanda, pero yo ya soy autónoma aquí. Entonces no sé luego cuando me toque hacer la «declaración de la renta» irlandesa, si estas facturas las tengo que declarar en Irlanda o en España, porque pasado este tiempo voy a tener que tributar en Irlanda, no en España…

    Tengo un lío tremendo y por más que pregunto nadie es capaz de darme una respuesta 🙁

    ¡Gracias!

  • Jesus Te
    Jesus Te2017-02-17 01:32:17
    Autor

    Hola.
    Enhorabuena por vuestra sección, es de lo mejorcito que hay en la web.
    Yo estoy trabajando como intérprete y traductor autónomo en España. Tengo clientes particulares (no empresas ni profesionales) a los que les cobro el IVA vivan o no en España, porque el servicio es en España. Eso lo tengo claro.
    Pero… si hago de intérprete para una empresa del Reino Unido sin sucursales en España, no les cobro IVA (tanto la empresa como yo estamos dados de alta en el ROI).
    Me han dicho en Hacienda que es una operación «No sujeta» y que ponga en la factura «operación no sujeta por regla de localización según artículos 69 al 72 de la ley del IVA» y que NO me afecta para la prorrata del IVA soportado.
    Pero… en otra ocasión me dijeron no lleva IVA porque que es una «inversión del sujeto pasivo», y me afecta a la prorrata del IVA soportado.
    1) ¿Cuál de los dos tiene razón? ¿Que texto debo poner en la factura ?
    2) ¿Me afecta a la prorrata del IVA soportado?
    Gracias!
    Jesus

  • Rocio
    Rocio2017-01-20 20:12:53
    Autor

    Hola, mi pregunta es sencilla:

    Soy autónoma y es la primera vez que voy a facturar a un cliente en Gibraltar.

    Es intracomunitario o no?

    Debo facturarle IVA o no? El cliente me asegura de que la factura va sin IVA.

    Muchas gracias por la duda.

  • CARLOS
    CARLOS2017-01-11 11:07:18
    Autor

    Hola Luis Miguel,

    soy autonomo, he vendido un producto a Australia a través de la web y les he cobrado los gastos de transporte. debo incluir Iva en la factura por algún concepto?

  • Carlos
    Carlos2016-11-22 18:35:52
    Autor

    Hola Luis Miguel,

    Envío unas cosas a Bosnia pero facturo a Croacia. Aparte de Indicar el destinatario final y la leyenda del invoice delclaration ¿hay algo más que deba añadir?

    Muchas gracias por tu ayuda y aporte.

    saludos.

  • Jose Asin
    Jose Asin2016-11-21 16:20:43
    Autor

    Buenas tardes:

    En la empresa en la que trabajamos hacemos envíos internacionales con cierta regularidad sin ningún tipo de problema.
    Sin embargo tengo un país conflictivo que es Costa Rica por el tema de aduanas en el que necesito ayuda.
    .
    Yo envío un paquete a un trabajador permanente en Costa Rica de una empresa Holandesa, la aduana me exige que mande una factura real del envío hasta aquí ningún problema.
    El problema viene cuando ven en la factura que eso se va a facturar en Holanda (porque paga la empresa el paquete no el trabajador) me rechazan el envío.
    ¿Cómo debería hacer para hacer llegar el paquete a Costa Rica confirmando que el remitente trabaja para una empresa extranjera que se hace cargo del coste del mismo?

    Espero que me puedan ayudar
    Saludos

  • Johanna Lobo
    Johanna Lobo2016-11-14 21:04:31
    Autor

    Buenas Tardes Mi nombre es Johanna, He prestado servicios de Consultoría desde Colombia para una empresa Española para un proyecto en España. Cómo debo facturarle a la Empresa, si mi residencia fiscal es en Colombia?
    Muchas gracias de antemano por la ayuda!

  • Diego
    Diego2016-11-10 13:44:22
    Autor

    Hola!

    Enhorabuena por el artículo.

    Me encuentro en el proceso de creación de una agencia de viajes mayorista. Mi idea es vender viajes, que se desarrollarían en España, a clientes en Latinoamérica a través de agencias de viajes minoristas de dichos países. Presupongo que, al prestarse el servicio en España (el viaje), no me libro de pagar el IVA?

    Gracias!!

  • RAMON
    RAMON2016-11-01 11:32:22
    Autor

    Buenas tardes:

    Soy autónomo en España voy a trabajar en Marruecos realizando trabajos de electrónica en máquinas viejas para actualizarlas en la misma fábrica del cliente.
    Tengo un apartamento alquilado con contrato en Marruecos y también he abierto una cuenta bancaria a mi nombre.

    ¿ Puedo cobrar en moneda local alli el trabajo realizado y tranferir yo el dinero desde una cuenta mia de Marruecos a una cuenta mia en España en euros?

    Gracias un saludo.

  • Andres
    Andres2016-10-04 19:24:06
    Autor

    Hola,

    Felicidades por la web, muy bien explicado pero tengo una pequeña duda:

    Vamos a contratar el montaje de un stand en Colombia y la empresa colombiana que nos lo construye nos pasa un presupuesto con el 16% de IVA. Al prestarse el servicio allí supongo que tendremos que pagarlo, mi duda es si ese IVA se puede desgravar de algún modo.

    Gracias y un saludo,

  • Carlos Vázquez
    Carlos Vázquez2016-09-12 13:22:16
    Autor

    Hola Pepe

    Sí, efectivamente, tienes que emitir las facturas sin IVA; y en cuanto a informar «específicamente» a Hacienda que vas a trabajar para Estados unidos no es necesario.

    Un saludo,

  • Pepe
    Pepe2016-08-26 01:48:01
    Autor

    Hola! Genial el artículo. Aún así tengo bastantes dudas. Voy a empezar a trabajar para una única empresa estadounidense mandándoles vídeos que grabo en casa (vídeos musicales).
    -se factura sin iva fuera de la UE ya sea una empresa o un particular?
    -solo voy a trabajar para ellos, debo informar de que voy a operar en estados unidos o solo debo hacerlo para operaciones intracomunitarias?
    Gracias y un saludo!

  • José Amado
    José Amado2016-07-29 19:41:50
    Autor

    Buenas tardes,
    Estoy planteando hacerme autónomo o profesional libre para facturar a una empresa española con filial en costa rica.
    Estaría trabajando en Costa Rica por mas de seis meses.
    Mi pregunta es:
    Al hacer la facturación como autónomo no necesito poner IVA?
    Si lo hiciese como profesional libre pondría IRPF?
    Estoy exento hasta los 60100 euros?
    En el convenio de doble imposición de España – Costa Rica pone lo siguiente:

    ARTÍCULO 14
    Servicios personales independientes
    1. Las rentas obtenidas por una persona natural residente de un Estado Contratante con respecto a servicios profesionales u otras actividades de carácter independiente llevadas a cabo en el otro Estado Contratante pueden someterse a imposición en este último Estado, pero el impuesto exigible no excederá del 10 por ciento del monto bruto percibido por dichos servicios o actividades, excepto en el caso en que este residente disponga de una base fija en el otro Estado Contratante a efectos de llevar a cabo sus actividades. En este último caso dichas rentas se someterán a imposición en ese otro Estado de acuerdo con su legislación interna, en la medida en que puedan atribuirse a la citada base fija.
    2. La expresión «servicios personales» incluye, las actividades independientes, científicas, literarias, artísticas, de educación o enseñanza, así como también las actividades independientes de médicos, abogados, ingenieros, arquitectos, odontólogos y contadores.

    Que significa cuando habla de base fija en el otro estado contratante.? Sede oficinas?

    Muchas gracias.

  • Carlos Vázquez
    Carlos Vázquez2016-07-22 13:09:48
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    Hola Toni

    La verdad es que es una pregunta recurrente; en este caso te recomendaría que te dieras de alta en Hacienda, emitas factura (sin IVA ni retención) y hagas la liquidación trimestral modelo 130. Esta gestión la puedes hacer telemáticamente por lo que nos tiene que ser un problema para ti … y sobre todo acuérdate de darte de baja después … si no entonces si que tendrás un lio !!!!

    En cuanto a comunicarlo hay mucha gente que no lo hace pero yo te lo recomiendo.

    Un saludo,

  • Toni Tienda
    Toni Tienda2016-06-28 12:56:50
    Autor

    Tengo una duda que está relacionada con el tema presentado en el post, pero no al 100%. Me explico:
    He encontrado un trabajo para una empresa japonesa, y me voy a mudar allí en cuestión de un mes. Mientras me preparan el visado, estoy trabajando para ellos de manera remota y voy a presentarles una factura una vez finalizado este mes.

    El primer problema es que no soy autónomo. Dejé de trabajar en una empresa (sede en España) para cambiar a ésta otra en Japón. Sé que teóricamente se puede presentar una factura con un NIF particular siempre que sea algo puntual y que el importe no sea muy elevado. Pero no quiero complicaciones porque no quiero tener que venir a España para presentar la declaración.

    Cerrando:
    – Qué debería hacer para presentar esta factura de manera totalmente legal?
    – Entiendo que no debería incluír IVA en ella. Tengo que pagar IRPF?
    – Sería mejor presentar la factura como autónomo? Complicado porque no estaré aquí para cuando la presente.

    Y otra pregunta no relacionada con el post: tengo que notificar a hacienda que voy a trabajar al extranjero? O registrándome en la embajada Española ya sería suficiente?

    Muchas gracias y disculpas por preguntar tantas cosas.

  • Mario
    Mario2016-06-23 19:13:40
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    Hola, voy a darme de alta como autónomo por primera vez y quisiera saber si ¿me corresponde la retención del 7% o el 20% presentando el modelo 130?
    Tendré que facturar a una empresa extranjera, fuera de la U.E. Me han comentado que se factura sin IVA ni IRPF ¿Es por eso que tendría que pagar trimestralmente a través del modelo 130 o no tiene nada que ver?
    ¿No podría entonces acogerme a lo del 7%? Mil gracias.

  • Giancarlo
    Giancarlo2016-06-21 19:20:18
    Autor

    Buenas,

    Estoy planteándome ser autónomo en españa, y la verdad es que entre tanta búsqueda me siento un poco perdido. Pongo la siguiente situación:

    Soy programador informático trabajando de forma telemática con una empresa radicada en un país fuera de la UE. Entiendo que esto significa que no incluyo el IVA en la factura que emitiría yo. Dicho esto, no me queda muy claro aún si tengo que yo absorber el costo del IVA. Es decir, a pesar de no haberle facturado a la empresa el IVA, ¿Tendría que sacar ese dinero de mi dinero personal y dárselo a Hacienda (en este caso creo que caería en el 21%)? Gracias.

  • Carlos Vázquez
    Carlos Vázquez2016-06-07 17:27:25
    Autor

    Hola Estela y Laura (sirve para las dos)

    Es correcto vuestro planteamiento, se factura sin IVA y sin Retención.

    En cuanto las obligaciones fiscales:

    IVA: No tenies que presentar autoliquidaciones si solo hacéis operaciones de este tipo (exentas). De todas maneras revisar que lo hayáis informado así a Hacienda a través del modelo 036 para que no os requieran su presentación.

    IRPF: tendréis que presentar trimestralmente el pago a cuenta del impuesto mediante el modelo 13o en el que incluiréis todos vuestros ingresos (incluidas estas facturas) y restarle todos los gastos de la actividad.

    Un saludo.

  • Laura M.O.
    Laura M.O.2016-06-05 20:38:04
    Autor

    Hola!
    Soy autónoma y me ha surgido un trabajo para una empresa libanesa.
    Según he estado leyendo no debería repercutirle el IVA al ser una empresa no comunitaria, pero ¿cómo se declarará está operación a Hacienda?
    ¿Qué ocurre con las retenciones por IRPF? Al igual que el IVA no debo aplicar nada en la factura, ¿qué declaración hay que hacer frente a Hacienda?
    Mil gracias por la ayuda

  • Estela
    Estela2016-05-27 02:42:20
    Autor

    Hola, muy buenas las explicaciones en el artículo.
    Mi pregunta es la siguiente: mi hijo empezará a facturar como autónomo a una empresa en Estados Unidos por trabajos de informática (solo trabajará con ellos). Por lo que he leído más arriba al tratarse de una empresa no comunitaria, no tiene que facturarles con IVA, ni habría ningún tipo de retención de IRPF.
    A partir de ésto, cuáles son sus obligaciones con Hacienda? Qué tipo de formularios debe presentar con respecto al IVA y a IRPF y con qué frecuencia?
    Muchas gracias por su ayuda.
    Un saludo,

  • Carlos Vázquez
    Carlos Vázquez2016-05-18 13:14:33
    Autor

    Hola Ángel

    En cuanto a la primera pregunta confirmarte que no tienes que repercutir el IVA.

    La segunda hemos de dividirla en dos; en cuanto al IRPF tienes que presentar trimestralmente tu declaración a cuenta de la renta del ejercicio mediante el modelo 13o en el que incluirás «todos» tus ingresos (es indistinto el porcentaje de particulares, etc,) y los gastos que le sean deducibles a tu actividad. En la declaración trimestral del IVA lo dices muy bien; tiene que poner las cantidades facturadas sin IVA en la casilla 61.

    Un saludo

  • Ángel
    Ángel2016-05-16 14:40:39
    Autor

    Hola,

    Al fin encuentro un blog que parece que habla sólido y con sentido y que sabe de lo que habla. Mi caso es el siguiente. Yo estoy dado de alta en el IAE y en principio la idea era facturar en España pero la mayoría de mis clientes están siendo de latinoamérica. Son servicios de programación en sus webs. El servicio se hace desde España, Madrid. ¿Debo repercutirles IVA?.

    Aprovecho esto para hacer una pregunta de IRPF. He leído de manera confusa que si más del 30% de tus clientes son particulares tengo que hacer el IRPF trimestralmente. Pero, ¿Si estos clientes representan el 100% y no repercuto ni soporto IRPF que he de hacer? ¿En el IVA trimestral debo poner todo lo facturado en la casilla 61 para IVA exento?. Estoy algo confuso.

    Gracias por vuestro trabajo.

    Un saludo,
    Ángel.

  • Alicia
    Alicia2016-03-28 23:28:18
    Autor

    jolin… todo es complicadísimo…
    Buenas noches Luis ¿como puedo explicarle a una empresa Portuguesa que una empresa Española (un centro de negocios donde voy a tener que trabajar) tiene que facturarles con IVA porque de lo contrario incurren en delito? es que todo es muy confuso y la empresa Portuguesa, no tiene ningún permiso para el comercio ni domicilio social en España.
    Muchas gracias de antemano!

  • Jesús
    Jesús2016-02-17 22:11:21
    Autor

    Hola Luis.

    Muchas gracias por el artículo, por que la verdad es que no queda nada claro este tema.

    MI caso es el siguiente: voy a abrir una tienda online aquí en España y voy a vender mis productos físicos a todo el mundo. Teniendo en cuenta lo que mencionas, quiere decir que el precio final de mis productos deberá aparecer en la web CON o SIN IVA dependiendo de dónde sea el comprador. Es correcto?

    Yo he decidido poner el precio sin IVA y cuando el cliente vaya a la pasarela de pago de la web e introduzca su dirección, dependiendo de si es de un país comunitario o de fuera, aparecerá el precio con el IVA o sin él.

    Para Ceuta, Melilla, Canarias imagino que es el mismo caso, no? y para Gibraltar?

    Muchas gracias de nuevo, un saludo!

  • María
    María2016-02-08 20:41:24
    Autor

    Buenas tardes,
    He realizado un evento en España para una empresa de Chipre, debo incluir el IVA en la factura?
    Gracias de antemano.
    María

  • Rodrigo
    Rodrigo2015-11-12 21:11:29
    Autor

    Hola, David.

    He empezado a hacer traducciones a una empresa americana. Ellos me enviarán factura por cada encargo, obviamente sin IVA ni IRPF. ¿Cómo declarar esos trabajos en España? ¿Cómo incluirlos en mi 303/130 sin Iv/Irpf? Muchas gracias. Enhoabuena por tu artículo. Muy bueno.

  • Luis Miguel Larriba
    Luis Miguel Larriba2015-08-22 09:46:47
    Autor

    Hola David,

    En este caso, aunque el servicio tu lo «elabores» aquí, el resultado se remite fuera de la Unión Europea, ya que se rinden cuentas a la empresa no comunitaria y se envía el resultado del trabajo (los informes, etc.) al exterior, de forma que no deberías incluir IVA en la factura.

    En referencia a los gastos derivados de tu trabajo, para saber como incluirlos en tu factura te recomiendo leer el post relativo a los suplidos (https://www.billage.es/blog/que-son-los-suplidos-y-como-los-incluyo-en-mis-facturas/) Si una vez leído te queda alguna duda, no tengas problema en consultarme de nuevo.

    ¡¡Gracias por tu mensaje y mucho ánimo en la prestación de dichos servicios, parece interesante!!

  • David
    David2015-08-21 12:09:20
    Autor

    Hola,

    Si una empresa no comunitaria me contrata para prestarle servicios de consultoría tipo relaciones públicas, estudios de mercado, etc. ¿Pongo IVA? El abono me lo haría por transferencia bancaria mensualmente.

    Los gastos derivados de mi trabajo (transporte, material, etc) me los abona la empresa mediante transferencia. ¿Cómo declaro esto a Hacienda?

    Gracias,

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