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¿Qué es el modelo 349 – AEAT?


El modelo 349 es una declaración informativa que refleja las operaciones intracomunitarias realizadas por los empresarios y profesionales en el ejercicio de su actividad económica, sin importar el régimen de IVA por el que tributen e independientemente de su cuantía.

Mediante este modelo se detallan las operaciones de carácter intracomunitario, es decir, las adquisiciones o ventas de bienes y servicios a empresas ubicadas en otro país de la Unión Europea.

¿Quién está obligado a presentarlo?

El modelo 349 debe ser presentado por todos aquellos sujetos pasivos que hayan adquirido/vendido bienes o contratado/prestado servicios a empresas ubicadas en otros países de la UE y cumplan con estas condiciones:

  • Las operaciones no se realicen en el territorio de aplicación del impuesto
  • …y estén grabadas por otro Estado miembro
  • El destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal y cuya actividad económica tenga su sede en dicho estado. O bien sea una persona jurídica que no actúe como empresario o profesional, pero posea un número de identificación de IVA que le haya proporcionado dicho estado.
  • El sujeto pasivo sea el mismo destinatario (inversión del sujeto pasivo)

¿Cuándo hay que presentar el modelo 349?

Con carácter general, el modelo 349 se presentará en el plazo de los veinte primeros días naturales del mes siguiente al correspondiente período trimestral (excepto el del último trimestre del año, que deberá presentarse durante los treinta primeros días naturales del mes de enero).

Excepciones:

  • Trimestral

La presentación de la declaración recapitulativa deberá ser trimestral siempre que el importe total de las entregas de bienes y prestaciones intracomunitarias de servicios no haya superado el umbral de los 50.000€ (antes de 2012 el umbral era de 100.000) ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores.

  • Mensual

Si superase el umbral de 50.000€, la periodicidad será mensual.

  • Anual

Puede presentarse anualmente cuando el importe total de las entregas de bienes o prestaciones de servicios del año no superase los 35.000€ y el importe de las entregas de bienes a otro Estado miembro (salvo medios de transporte) exentas de IVA no sea superior a 15.000€. En el caso de inicio de actividad, el cómputo de dichos importes se realizará mediante la elevación al año de las operaciones efectuadas en el primer trimestre natural de ejercicio de la actividad.

¿Cómo rellenar el modelo 349?

A) Cumplimentación de la Hoja Resumen

IDENTIFICACIÓN Adherir las etiquetas identificativas (elaboradas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria) y hacer constar el teléfono de contacto. En caso de no disponer de las etiquetas, hacer constar los datos que se solicitan incluyendo domicilio fiscal y adjuntar una fotocopia del documento acreditativo del NIF. EJERCICIO, PERÍODO Y TIPO DE PRESTACIÓN Anotar el ejercicio (año) y el trimestre (1 T, 2 T, 3 T o 4 T) al que corresponde la declaración. Si la periodicidad de la declaración es anual, hacer constar el período 0A. Marcar con una cruz la casilla o casillas correspondientes a la modalidad de presentación. Imagen Modelo 349 Hoja Resumen RESUMEN DECLARACIÓN 01 Número total de operadores intracomunitarios. Si un mismo operador intracomunitario figura en varios registros, se computará tantas veces como figura relacionado.

02 Importe de las operaciones intracomunitarias. Consignar la suma total de las bases imponibles que correspondan a las operaciones que aparecen en la casilla 01.

03 Número total de operadores intracomunitarios con rectificaciones. Habrá que fijarse en los sujetos pasivos correspondientes a las rectificaciones de períodos anteriores.

04 Importe de las rectificaciones. Consignar la suma total de los importes que aparecen en el apartado base imponible rectificada que correspondan a las rectificaciones efectuadas a la totalidad de sujetos pasivos mencionados en la casilla 03.

PRESENTACIÓN EN SOPORTE COLECTIVO En los supuestos de presentación en soporte colectivo, a la hoja-resumen correspondiente al presentador deberá acompañarse una hoja-resumen por cada uno de los sujetos pasivos declarantes incluidos en el soporte presentado.

Datos que deben cumplimentarse en la hoja-resumen correspondiente al presentador:

05 Número total de declarantes incluidos en el soporte colectivo

06 Número total de personas o entidades relacionadas incluidas en el soporte colectivo Dato que debe cumplimentarse en todas y cada una de las hojas-resumen correspondientes a los sujetos pasivos declarantes incluidos en el soporte colectivo:

07 Número identificativo de la hoja-resumen correspondiente al presentador. Anotar el número preimpreso de 13 dígitos que figura en la numeración del código de barras de la hoja-resumen utilizada por el presentador para efectuar la presentación de dicho soporte.

FECHA Y FIRMA Rellenar los espacios con los datos que se indican.

ADMINISTRACIÓN Espacio a cumplimentar por la Administración.

B) Cumplimentación de las Hojas Interiores

Además de la hoja-resumen, la declaración contiene hojas interiores: una denominada Relación de operaciones intracomunitarias, en la que deben declararse las entregas y las adquisiciones intracomunitarias, así como las operaciones triangulares, y otra denominada Rectificaciones de períodos anteriores, donde se declararán las rectificaciones de operaciones intracomunitarias declaradas anteriormente. Imagen Modelo 349 Hojas Interiores

HOJA RELACIÓN DE OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS

Código País. NIF comunitario. Anotar las dos letras identificativas del Estado miembro de la UE y la identificación fiscal de:

  • Proveedores de los bienes que sean objeto de las adquisiciones intracomunitarias realizadas por el sujeto pasivo (Clave A)
  • Destinatarios (adquirientes) (Clave E)
  • Destinatarios de las entregas subsiguientes efectuadas por el sujeto pasivo en el marco de operaciones triangulares (Clave T)

Composición del NIF de los distintos estados miembros: Imagen Modelo 349 NIF Estados Miembros

Apellidos y nombre o Razón Social.

Consignar los datos identificativos de quien realiza la entrega, del adquiriente o del destinatario final dependiendo del tipo de operación a declarar. Clave:

  • ClaveA”. Consignar esta clave para declarar las adquisiciones intracomunitarias de bienes efectuadas por el sujeto pasivo declarante, incluidas las transferencias de bienes desde otro Estado miembro.
  • “E”. Entregas intracomunitarias de bienes efectuadas por el sujeto pasivo declarante, incluidas las transferencias de bienes a otro Estado miembro.
  •  «T». Entregas en otro Estado miembro subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas, efectuadas en el marco de una operación triangular.
  •  “S”. Prestaciones intracomunitarias de servicios realizadas por el declarante.
  •  “I”. Adquisiciones intracomunitarias de servicios localizadas en el territorio de aplicación del impuesto, prestados por empresarios o profesionales establecidos en otro Estado miembro cuyo destinatario es el declarante.213Capítulo 9. Las declaraciones informativas del IVA. Modelo 390 y Modelo 349.
  • “M”. Entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • “H”. Entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, efectuadas por el representante fiscal según lo previsto en el artículo 86.Tres de la Ley del impuesto.

Base imponible. Anotar el importe total de la base imponible del IVA correspondiente al conjunto de cada una de las siguientes operaciones:

  • Entregas intracomunitarias exentas
  • Adquisiciones intracomunitarias sujetas
  • Entregas en otros Estados miembros subsiguientes a adquisiciones intracomuni-tarias exentas en el marco de operaciones triangulares

IMG_modelo349_NIFestadosmiembros

HOJA RECTIFICACIONES DE PERÍODOS ANTERIORES

Código País. NIF comunitario. Anotar el NIF comunitario del sujeto pasivo cuya operación se rectifica.

Apellidos y nombre o Razón social. Hacer constar los datos identificativos de las persona o entidad cuya operación se va a rectificar.

Clave. “A”, “E” o “T” dependiendo de que la operación a rectificar sea una adquisición intracomunitaria, una entrega intracomunitaria o una entrega subsiguiente efectuada en el marco de una operación triangular, respectivamente.

Base imponible rectificada. Consignar el nuevo importe total de la base imponible de la operación.

Base imponible declarada anteriormente (!) Si en un mismo período se han realizado varias rectificaciones relativas a un mismo operador intracomunitario y a un mismo período de declaración, éstas deberán acumularse po clave de operación.

Rectificaciones del NIF del operador.

Cuando el campo que se desea corregir es el N.I.F. del operador comunitario, será necesario cumplimentar dos registros de rectificaciones. El primer registro de rectificaciones se cumplimentará con los mismos datos que los que se consignaron en el registro que ahora se quiere rectificar.

El campo rectificaciones se cumplimentará de la siguiente manera: en las casillas «Ejercicio» y «Período», el ejercicio fiscal y período a que corresponde la declaración que se corrige; respecto a la casilla «Base imponible rectificada» se rellenará con un cero y en la casilla «Base imponible declarada anteriormente» se consignará el importe que se declaró en la declaración que se corrige.

El segundo registro de rectificación se cumplimentará con el N.I.F. correcto, consignando como «Ejercicio» y «Período» el ejercicio fiscal y período a que corresponde la declaración que se corrige; respecto a la casilla «Base imponible rectificada» se rellenará la cantidad correcta declarada con anterioridad y como «Base imponible declarada anteriormente» se rellenará con un cero.

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4 Comentarios
  • Jorge
    Jorge2016-07-03 17:20:04
    Autor

    Hola,tengo 2 facturas sin IVA del mismo trimestre de la misma empresa , son servicios de publicidad de google por anunciarme. Supongo que la clave en este caso sería I, correcto?.
    Me puede decir alguien si tengo que añadir los dos importes por separado en «operador 1» y «operador 2» o la suma de los importes en «operador 1» ya que es la misma empresa.
    Felicidades por el blog.
    Muchas gracias.

  • Carlos Vázquez
    Carlos Vázquez2016-04-26 13:09:39
    Autor

    Hola Francisco

    En la base imponible de las adquisiciones intracomunitarias hay que incluir también los portes, pero los descuentos no forman parte de la misma.

    Un saludo.

  • Francisco
    Francisco2016-04-22 17:59:03
    Autor

    Hola, En mis facturas intracomunitarias, pago el artículo (sin el iva), un descuento que me aplican por la forma de pago, y unos portes de envío. ¿Qué cuantía es la de la Base Imponible a anotar en el mod. 349? ¿la de solamente los artículos; con el descuento aplicado; o el total que yo he pagado, añadiendo los portes? GRACIAS!

  • Rosa
    Rosa2015-09-14 14:34:58
    Autor

    Buenos días,

    Post muy bien detallado sobre el modelo 349 y las operaciones intracomunitarias, sin duda una temática que genera mucha confusión.
    Os dejo un artículo que he encontrado interesante sobre el IVA de exportaciones y el modelo 349 de declaración de operaciones:
    https://www.captio.net/blog/iva-exportaciones-el-modelo-349-de-declaracion-informativa-de-operaciones-intracomunitarias

    Espero que os resulte interesante.
    Saludos,

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