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Cómo obtener el NRC


Llega el final del trimestre y tus declaraciones de impuestos tienen resultado a ingresar. Seguramente trimestre tras trimestre estés presentando tus modelos con domiciliación sin pensar más allá. Sin embargo, debes saber que Hacienda dispone de tres alternativas para hacer frente al pago de los impuestos: pago mediante domiciliación bancaria, pago en una entidad colaboradora o pago mediante NRC (Número de Referencia Completo).

¿Qué es el NRC?

El NRC o Número de Referencia Completo es un código de 22 dígitos compuesto por números y letras que identifica el pago de un tributo concreto. Se utiliza para hacer frente a autoliquidaciones y declaraciones que supongan un ingreso. Este código sirve para identificar tanto el impuesto como al pagador (sea persona física o jurídica) ante la AEAT.

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Falta de contenido en NRC

Si has recibido el mensaje de error: «Falta contenido en nrc» seguramente estas presentando tus impuestos fuera del plazo de domiciliacion. Este plazo concluye 5 días antes del día 20. Despues del día 15 tendrás que conseguir el NRC para poder presentarlos y pagarlos.

¿Cómo obtener el NRC?

Existen dos formas de obtener este código: a través de tu entidad bancaria o mediante la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Puedes acudir a tu banco con el borrador del modelo que necesitas presentar y ellos lo generan o a través de la sede electronica de la Agencia Tributaria y necesitaras certificado electronico, clave pin o cualquiera de las autenticaciones disponibles.

Obtener el NRC a través de tu entidad bancaria es sencillo, tan sólo debes acudir personalmente con un borrador del modelo a presentar y ellos se ocuparán de generar el código. Dependiendo de la entidad bancaria con la que trabajes, puede ser que ni siquiera sea necesario que te desplaces físicamente al banco, puesto que la banca online suele dar la opción de general el NRC.

Obtener el NRC mediante la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria también es sencillo. Al presentar la liquidación deberás entrar en la opción “Pago de impuestos” y al generar el cargo en cuenta bancaria o realizar el pago con tarjeta obtendrás el código NRC.

1. En la opción «trámites destacados» clica sobre Pago de Impuestos.
2. Busca en ese apartado el código necesario y selecciónalo.
3. Cuando lo tienes escogido (y según el trámite), el porta web te indicará las instrucciones a seguir y la documentación que necesitas para conseguir el NRC.

Presentar el modelo con NRC

No hay que confundir la solicitud del NRC con el pago a través de una entidad colaboradora.

Tal y como comentábamos más arriba, en caso de que tributes como persona física tienes la opción de acudir a tu banco y realizar allí la presentación y el pago del modelo pendiente de ingreso.

La obtención de NRC consiste en que la entidad bancaria “bloquea” el dinero en tu cuenta y lo consigna a nombre de Hacienda a cuenta de un modelo de autoliquidación concreto. Se trata por tanto de un procedimiento a nivel financiero, diferente al proceso administrativo de presentación del modelo.

Una vez tengas el código NRC, deberás presentar el modelo por vía telemática del mismo modo que lo harías en caso de optar por la presentación con domiciliación bancaria. La única diferencia será que, en el momento de señalar el modo de pago indicaremos la opción “presentar con NRC” en lugar de “presentar con domiciliación”.

Presentar los modelos sin domiciliación bancaria

Si tributas como persona física, esto es, eres autónomo y facturas con tus datos personales podrás pagar tus impuestos personalmente en una entidad colaboradora. Para hacerlo tan sólo será necesario que acudas a tu banco con los modelos a pagar impresos en papel y te armes de paciencia para desplazarte al banco, esperar la cola y tratar con la persona que te atienda.

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En caso de que tributes como persona jurídica, esto es, tengas una sociedad mercantil (SL, SA,…) el pago en ventanilla no es una opción. La normativa obliga a este tipo de entidades a realizar el pago de sus impuestos por medios bancarios. Ante esta situación (se ha terminado el plazo de domiciliación, no he pagado mis impuestos y no me dejan pagarlos en ventanilla) probablemente empieces a vislumbrar la imagen de la multa de Hacienda que te va a llegar. Que no cunda el pánico, la clave está en que aún no ha terminado el plazo de pago (recuerda, día 20) así que aún te queda la opción de realizar el pago a través de NRC

Diferentes alternativas de pago

Desde hace tiempo las sociedades mercantiles (Sociedad Limitada SLSociedad Anónima SA…) están obligadas a pagar sus impuestos vía domiciliación bancaria. Los modelos se presentan por vía telemática utilizando certificado digital y es la propia Agencia Tributaria la que se ocupa de realizar los cargos de los impuestos el último día de plazo habilitado. No existe para ellas la opción de presentar los modelos en papel.

El inconveniente de la presentación telemática con domiciliación es que los modelos han de presentarse como mínimo 5 días naturales antes de la fecha fin del plazo. Si por ejemplo el plazo para la presentación de un modelo termina el día 20, sólo podrás hacer la presentación del modelo con domiciliación hasta el día 15. Dispones por tanto de 5 días menos para recibir todas tus facturas, poner al día tu contabilidad y calcular tus impuestos. Y en pleno trimestre 5 días pueden ser muchos.

Siguiendo con el ejemplo anterior, pongamos el caso de que, aunque el plazo de domiciliación termina el día 15 la última factura de un proveedor importante llega el día 16. Ha terminado el plazo de domiciliación ¿qué hago?

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