¿Conoces las soluciones de billage incluidas en el programa Kit Digital?¿Quieres conseguir tu ayuda Kit Digital?Saber más
¿Quieres hablar con un experto? Llámanos al 93 247 99 59

Coronavirus: el plan de choque del Gobierno para empresas (Actualización diaria)


La salud es lo primero, obviamente. De eso no tenemos dudas pero una vez el coronavirus esté totalmente controlado en este primer nivel, deberemos ocuparnos de forma expresa y urgente de las consecuencias económicas que ha dejado a su paso. Parar países durante semanas no es algo baladí y nos va a dejar importantes secuelas que debemos superar. Para poder ir paliando esta situación el Gobierno ha lanzado lo que denomina el Plan de Choque para empresas y pymes. ¿En qué consiste? ¿Es suficiente?

Efectos económicos del coronavirus – Covid19

El coronavirus es un virus de la familia de los covid que si bien no es nuevo (hace más de 30 años que vive entre nosotros) esta nueva cepa o versión se detectó en diciembre en China y su expansión en todo el mundo ha sido alucinante en rapidez.

No es un virus a priori, letal para personas sanas pero por su rapidez está causando estragos en los sistemas sanitarios y de ahí el pico de fallecimientos. Estos son los datos de salud que todos a estas alturas ya conocemos y que no alargaremos más aquí que de noticias de este tipo estamos saturados.

Pero por si fuese poco, a este escenario devastador que está dejando a nuestros hospitales y sanitarios agotados, exahustos y expuestos constantemente hay que sumar los efectos económicos que deja a su paso derivados de las consecuencias de las medidas adoptadas para frenar la propagación del virus entre la población.

Para comenzar a analizar las consecuencias económicas del virus no podemos quedarnos en las que tenemos en España o incluso en Europa y menos desde que tenemos el Estado de Alarma (momento en el que cierran muchísimos comercios y establecimientos).

Las consecuencias para la economía se vienen viviendo desde el principio cuando el virus toma posesión de China y esta decide enviar a toda su población a casa de forma inmediata y durante más de 6 semanas. Parar China es como parar la mayor fábrica del Mundo.

Hemos estado viviendo los latigazos de ese movimiento al ver determinados productos desabastecidos y también cómo las comunidades Chinas de todos los países (más que elevadas e importantes para los ecosistemas financieros) se detenían.

Pero si hay un momento clave en nuestra economía es cuando el pasado 14 de marzo de 2020 (día que pasará a la historia) se decreta en España el Estado de Alarma por el cual bares, restaurantes, cines, comercios habituales deben cerrar de forma inmediata y hasta nuevo aviso.

*A última actualización de este post el Estado de Alarma está ampliado hasta el 12 de abril de 2020.

Cerrar todo y sumar los hoteles y establecimientos turísticos del país a partir del 25 de marzo es devastador y las empresas empiezan a no poder soportar la situación. Los Erte se suman sin cesar y las pymes y autónomos ya sufren como jamás pensaron que lo harían.

¿Qué ha hecho el Gobierno? Ha lanzado el denominado Plan de Choque con un bloque de medidas económicas que ahora mismo es lo que tenemos pero que con el tiempo habrá que ver si funciona o no.

Plan de Choque para empresas: ¿Qué incluye?

“Este es un mensaje rotundo para los mercados y las empresas” es el mensaje que lanzó el presidente Sánchez al respecto. Ofrece la movilización de 100.000 millones de euros en avales públicos para aportar liquidez a las empresas. Un aval que comenta se ampliará a los 200.000 millones si se incorpora el sector privado.

Esto está muy bien pero, ¿cuáles son las medidas reales aplicables a una empresa “de a pie”, a una pyme, a un autónomo?

Aplazamiento / fraccionamiento de deudas tributarias para Pymes

Una de las primeras medidas adoptadas ha sido el aplazamiento de 6 meses de los impuestos a los que las pymes y autónomos deben hacer frente de forma periódica.

Para poder beneficiarse de esta medida hay que realizar una solicitud y las empresas podrán tener una bonificación en los tipos de interés. El importe máximo a aplazar será de 30.000 € y solo aplicará a las empresas que en 2019 no hayan facturado más de 6.010.121 €.

Impuestos a aplazar

Los hasta ahora «intocables» pasan al bando de los aplazables y es que se puede aplazar en estos momentos las retenciones del IRPF, cuotas repercutidas del IVA (en ambos casos los impuestos correspondientes a los meses de febrero – marzo – abril o lo aplicable al primer trimestre de 2020) y el pago fraccionado del impuesto de sociedades.

En este último caso, el de los Impuestos de Sociedades (el correspondiente a abonar este año como consecuencia de lo devengado por la actividad de 2019) se puede solicitar un aplazamiento como medida excepcional pero solo afecta sobre aquellos impuestos a presentar e ingresar desde hoy hasta el 30 de mayo de 2020. Afectará por tanto a las declaraciones o autoliquidaciones a presentar en el primer trimestre, así como al primer pago fraccionado a presentar durante los 20 primeros días de abril.

El aplazamiento abarcará un periodo de 6 meses y durante los 3 primeros meses estarán exentos de intereses de demora (el tipo de interés de la Agencia Tributaria habitual está fijado en un 3,75%).

Aplazamiento de préstamos

También se ha considerado la opción de aplazar devoluciones de reembolsos en préstamos concedidos por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, “siempre que su plazo de vencimiento sea inferior a 6 meses” y “cuando la crisis sanitaria provocada por el Covid-19 haya originado en dichos beneficiarios periodos de inactividad, reducción en el volumen de las ventas o interrupciones en el suministro en la cadena de valor que les dificulte
o impida atender al pago de la misma”. Lo que en otras palabras más asequibles quiere decir que se podrán aplazar siempre que se demuestre que el Coronavirus ha afectado a la actividad del negocio.

Habilitar nueva línea de crédito ICO

Se ha creado una línea de financiación específica desde el Instituto de Crédito Oficial para aquellas empresas y autónomos que estén realmente afectados por el Covid19.

Esta ayuda subirá hasta los 400 millones de euros y está ideada y será destinada a solucionar las necesidades de liquidez de estos perjudicados. Los mayores beneficiados serán los del sector turísticos que en estos momentos, con la pérdida de la Semana Santa, es complicado calcular sus pérdidas.

Bonificaciones de la Seguridad Social

En el sector turismo (comercio, hostelería), aquellos trabajadores con contrato “fijo – discontinuo” podrán acogerse a las nuevas medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad.

Se amplían las bonificaciones de la Seguridad Social en estos contratos (fijos – discontinuos) operativos de febrero a junio de 2020. Una bonificación del 50% para las empresas de las cuotas de la Seguridad Social en contingencias comunes y en los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, Fogasa y Formación profesional.

Y como exponemos en el punto siguiente, las empresas que se acojan a un Erte estarán también bonificadas en la totalidad o parte de las contribuciones a la Seguridad Social por sus empleados.

Flexibilidad en los ERTES

La palabra ERTE (expediente de regulación temporal de empleo) es una de las más manejadas en estos días. Las empresas que estén afectadas por el coronavirus tendrán mucha más flexibilidad a la hora de solicitar un Erte, trámite que se puede realizar de forma online y se deberá de justificar muy bien el porque queremos acogernos a esta medida, recomendamos no dar por hecho que por estar en estado de alarma ya lo aceptarán sin justificar el porque tenemos que hacerlo y revisar con mucho cuidado la condición que impone un párrafo final del Real Decreto en el que dice que, reincorporado el personal después de pasado este tiempo de interrupción deberemos de mantenerlo 6 meses en plantilla.

Los empleados sujetos a Erte directamente tendrán derecho a prestación por desempleo aunque no cumplan con los condicionantes para ello. Igualmente, si se cobra esta prestación no contará para casos posteriores (no disminuirá la prestación que se tenía acumulada, no computa).

Con esta medida el Gobierno intenta proteger el empleo y que las empresas decidan acogerse a un Erte antes que realizar despidos.

Igualmente, las empresas que decidan y tengan que realizar un Erte estarán exoneradas de las cuotas de la Seguridad Social (si tu empresa tiene hasta 50 empleados). Para empresas de más de 50 empleados que presenten un Erte tendrán que abonar el 25% de las cotizaciones. Esta medida lo que ayudará tomar esta opción antes que un despido y así en cuanto pase el Estado de Alarma, todo el mundo pueda volver a sus empleos y se recupere la normalidad lo antes posibles.

Se priorizará ante todo las reducciones de jornada y los Erte antes que los despidos.

Para aquellas personas con problemas para compatibilizar horarios por cuidar de los hijos sin colegio o personas dependientes se habilita la reducción de jornada incluso, del 100% así como la opción de teletrabajo para todo el que pueda realizarlo.

Medidas para autónomos

Para los autónomos se han tomado otra serie de medidas específicas que si bien no llegan a contentar a todos, son las que ahora mismo están sobre la mesa. En estos momentos estamos contra reloj elaborando un post en este sentido.

 

Esperamos que esta situación afecte a nuestros queridos clientes así como a todo el ecosistema de pymes, autónomos y emprendedores de nuestro país lo menos posible. Billage sigue remando fuerte para salir de esto.

TE RECOMENDAMOS

This post is also available in: Spanish

0 ComentariosEsta publicación no tiene comentarios.
Dejar un comentario

Comentario enviado correctamente y pendiente de comprobación.

No se ha podido enviar correctamente el comentario.

Campos incompletos