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Conoce cómo traspasar un negocio y cómo tributa


Traspasar un negocio es una acción bastante habitual cuando por alguna razón, queremos cesar la actividad económica o dar por finalizado ese proyecto. Ya sea la parte vendedora del local o espacio a traspasar o quién lo adquiere, hay que tener en cuenta diferentes obligaciones fiscales. Conocer al detalle la tributación en 2022 para traspaso de negocios evitará errores en el cierre del año. Identifiquemos cuáles son las fórmulas más habituales para traspasar un negocio (cesión de alquiler, compra de sociedad arrendataria, etc) y describamos para ellas, la tributación en 2022 específica en cada caso. 

Traspaso de un negocio: ¿Qué formulas tengo?

A la hora de traspasar un negocio existen diferentes fórmulas a las que acogernos dependiendo de nuestros intereses, objetivos y lo pactado con la otra parte (la que asumirá el traspaso). El motivo cualesquiera para realizar el traspaso es aceptable y no interfiere en la tributación a realizar (fallecimiento, cese de la actividad…). Lo fundamental es acogerse a una de las fórmulas previstas en la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994 de 24 de noviembre) para ampararnos en la tributación específica. 

Cesión del contrato de alquiler 

El artículo 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos regula, en concreto, el traspaso de negocios en locales en los que se ejerce una actividad empresarial o profesional. La cesión por contrato de alquiler se establece cuando el negocio está sobre un local o espacio alquilado a un tercero. El nuevo empresario asumirá el rol de nuevo arrendatario del local en el que se instaura el negocio. 

Esta acción puede realizarse sin el consentimiento del propietario del local (aunque sí hay que informarle) que en su defensa podrá aumentar la cuota de alquiler en un 20%. Una vez realizado el traspaso, el nuevo inquilino tendrá un plazo de un mes para notificar mediante burofax al propietario el acuerdo del traspaso. 

En esta tipología de traspaso, basta con el acuerdo entre las partes y notificarlo a la propiedad. Al formalizar también el cese y traspaso, hay que realizar igualmente el traspaso de la licencia de apertura que deberá estar a nombre del nuevo arrendatario. Es imprescindible renovarla a los datos del nuevo inquilino. 

*Tener siempre en cuenta y leer con atención los contratos de alquiler porque algunos prohíben estas cesiones y traspasos de la actividad. 

Y por supuesto, estar precavidos de si la propiedad reclama una comisión por el traspaso algo que aunque habitual, no es legal.


Comprar la sociedad arrendataria

Otra de las opciones para el traspaso de un negocio es comprar la sociedad inicial que está ejerciendo la actividad y es la propietaria del negocio. De esta forma, el nuevo inquilino se hace con la empresa en su totalidad.

Este caso beneficia en el hecho de que si el negocio está sobre un local de alquiler, el propietario pierde la posibilidad de aumentar la renta al nuevo inquilino ya que está eximido de la obligación legal de la notificación de la cesión. Si el contrato de alquiler está a nombre de una persona jurídica, bastará con cambiar la titularidad de la persona jurídica de la sociedad y eso, será aplicable a todo lo que incluya dicha sociedad (también el contrato de alquiler). *A tener en cuenta que este punto no aplica si el contrato de alquiler está a nombre de un autónomo. 

Con esta fórmula de traspaso se evitan posibles subidas en el alquiler del local del negocio ya que no se cambia la titularidad del contrato. Eso sí, tiene bastantes más contras y es que cuando se adquiere una sociedad, se hace con todas las consecuencias. 

Desde el punto de la compra de la sociedad se asumen todas sus actividades y por ejemplo, en el caso de una inspección de Hacienda posterior a la compra que descubra un movimiento irregular previo, no se podrá eximir alegando la “no propiedad de la misma”. Es el dueño actual quien deberá hacerse cargo de estas irregularidades.

 

Traspasar un negocio que esta en tu propio local

El traspaso de un negocio cuando el local es de la propiedad del que cesa la actividad es la última opción dispuesta. En este caso, lo que se realiza (si la propiedad no quiere vender el local en el traspaso) es la ejecución de un contrato de alquiler. La persona que adquiere el traspaso del negocio abonará de inicio, una cantidad estipulada por el traspaso del negocio a lo que se sumará la renta mensual – anual por el alquiler del local.

 

Subrogación por fallecimiento del inquilino

En el caso de que el traspaso se realice por el fallecimiento del inquilino, el asunto se gestiona de forma diferente. Si son los herederos o legatarios los que continúan con la actividad, se pueden subrogar de inmediato y con las mismas condiciones al contrato de alquiler sin que el propietario tenga la potestad de incrementar la renta. 

En el caso de que los herederos traspasen el negocio, volveríamos al primer caso por el cual, el propietario del local puede incrementar la renta. 


¿Cómo tributa el traspaso de un negocio?

Una vez estipulada la tipología de traspaso mediante la cual vamos a realizar el cambio, es relevante conocer cómo tributa en 2022 dicha acción. Esta tributación habrá que tenerla en cuenta para el cierre fiscal de la empresa que realiza el traspaso y también para la que lo asume (ya que una recibirá una cantidad económica en concepto de traspaso y la otra, la entregará).

Para conocer al detalle la tributación por el traspaso de un negocio en 2022, acudiremos a la Ley 37/1992 del 28 de diciembre del Impuesto del Valor Añadido. 

Esta norma no aplica si el propietario del local recibe una parte del traspaso de negocios. En este caso, la factura de dicho traspaso sí deberá incluir el 21% de IVA así como el resto de retenciones habituales de una acción de compra-venta de negocio. 

 

Importe satisfecho entre el anterior empresario y el nuevo por el traspaso de la actividad

A priori, las operaciones de cesión de un negocio en traspaso no están sujetas a IVA ni impuesto de transmisión patrimoniales (ITP). Esta norma solo aplica si el negocio se traspasa en su totalidad. En este caso se traspasa y se cesa absolutamente todo lo que está en el negocio: el arrendamiento del local, empleados, actividad, clientela, etc. 

El empresario que cede el negocio debe emitir una factura libre de IVA (no se incluirá el IVA habitual en dicha factura). El importe será el acordado por el traspaso con el nuevo empresario – inquilino. Las obligaciones fiscales sí son de obligado cumplimiento. 


Renta percibida por el propietario del local

Esta norma no aplica si el propietario del local recibe una parte del traspaso de negocios (es decir, que el antiguo propietario recibirá una renta por el arrendamiento del negocio). En este caso, la factura de dicho traspaso sí deberá incluir el 21% de IVA así como el resto de retenciones habituales.


Renta recibida por el empresario que cede el negocio

Por último, si el empresario traspasa el negocio a un tercero, el primero deberá tributar en IVA y otras obligaciones fiscales por el importe recibido. Esta tributación se realizará en la declaración de beneficios que se aplicará en la declaración de la renta (si es persona física) o en el impuesto de sociedades si es persona jurídica. 

El IRPF también será aplicable y se incluirá en la sección de ganancias patrimoniales (no en la de actividades económicas). 

Una vez conocidos los pormenores o fórmulas para el traspaso de un negocio es siempre recomendable contar con un asesor que te ayude a la tributación correcta de la transacción. Si detectas una oportunidad de traspaso, analizar bien todas las posibilidades es la primera llave para el éxito. Después, incluye un gestor de proyectos, CRM y facturación para optimizar tu día a día como billage. 

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18 Comentarios
  • David Jordà Zarza
    David Jordà Zarza2018-07-04 17:16:52
    Autor

    Quiero adquirir un negocio del cual 150.000€ es traspaso y 200.000€ es el local. Fiscalmente que me sale más rentable pagar más importe de traspaso o local?

  • Luz Rico
    Luz Rico2018-05-07 11:33:47
    Autor

    Buenos dias Mi marido ha tomado como traspaso una tienda de golosinas el es el adquirente como debe declarar este traspaso en la declaración de renta año 2017. Me gustaría me aclararan en que casilla de la declaración de la renta debe declarar este traspaso y como se hace la amortización de este gasto y que parte de este gasto puede descontar o sedr considerado deducible en la declarcaión de renta. Gracias por su ayuda.

  • Yadogar
    Yadogar2018-04-08 10:35:26
    Autor

    Hola yo voy a comprar un negocio donde el actual dueño funciona como autónomo pero yo constituiré una SL para la compra el local el de alquiler el cual se traspasará sin modificaciones mi pregunta es si debemos pagar ITP y de ser asi cual es el porcentaje y si este impuesto lo paga el que vende y el que compra. Gracias

  • Adrian
    Adrian2018-01-31 10:26:37
    Autor

    Hola buenos dias, tengo una sociedad de la cual tengo el 100% de porcentaje del capital social, y me estan ofreciendo una cantidad para traspasar la sociedad y me surgen varias dudas. 1 – Como soy administrador unico, esa venta de la sociedad tributa en IRPF o en IS?, de ser en cualquiera de las dos, tendria que integrarlo como ingreso?? 2 – Una vez pactado el precio, con ir al notario a hacer la compraventa de participaciones vale? o hay que hacer algun paso previo? Muchas gracias

  • Lorena
    Lorena2017-12-21 15:18:23
    Autor

    Buenas tardes,
    Tengo un negocio con una S.L. y lo quiero traspasar a un autónomo, los bienes de dentro del negocio van con factura con IVA como bienes tangibles que son, pero el traspaso en sí ( hecho con un contrato de traspaso del negocio) pues no lo voy a hacer con IVA ( porque está exento si no me confundo no?)
    Pero el asesor del autónomo me dice que al ser yo una S.L y el que lo adquiere un autónomo, aunque continúe con la explotación tal cual la tengo yo, me dice que lo tengo que hacer con IVA. Eso es verdad??? O tengo razón yo y solo le tengo que hacer una factura por los bienes que hay en el interior?
    Me dice que le diga la ley en la que venga eso….
    Si me pudieras ayudar te lo agradecería. Un saludo

  • Antonio
    Antonio2017-06-29 18:49:37
    Autor

    Buenas Tardes yo he hecho una cesión de contrato de alquiler del negocio y cobro una renta pero el propietario es el banco. He de declarar IVA e IRPF???

  • Sara
    Sara2017-03-27 21:50:32
    Autor

    Buenas noches, estoy traspasando una tienda online, en la cual en pocos meses ha evolucionado mucho y la traspaso por un precio mayor a lo que costo iniciarla debido al tiempo, a la inversión y a los seguidores en redes (+40000) que tenemos en tan poco tiempo. Cómo tendría que declararlo?, me lo podrían dar en efectivo y habría que hacer contrato? ya que no se vende nada, solo se traspasa de nombre la web junto con todo el stock.
    Un Saludo, Gracias

  • Jorge
    Jorge2017-03-13 16:59:20
    Autor

    Hola si yo traspaso un centro deportivo por 120.000€ cuanto tendría que pagar por impuestos ,gracias

  • JOSE
    JOSE2017-02-22 09:54:04
    Autor

    Hola buenos dias
    Me van a traspasar un negocio por 40000 euros
    Tengo varias dudas:
    1.La idea es que entre mis padres y mis hermanos me dejen el máximo dinero para no tener que pedir prestamo. En este caso que es mejor que ellos saquen el dinero y me lo entreguen en mano para pagar yo el traspaso o que me hagan transferencias a mi cuenta?
    2.En relación al precio total que me piden (es un amigo) imagino que se tiene que hacer un documento legal firmado por ambas partes donde indique que cosas se traspasan y la cantidad económica no?En este caso como el entiendo que tendrá que declarar luego en IRPF esta ganancia tendrá que pagar un porcentage, se puede saber más o menos cual es?
    3.En relación a este último punto con el objetivo de intentar bajar un poco el precio del traspaso se podria constar de manera oficial en documento un precio mucho menor que se paga y asi el tendria que declarar menos ganancia y tener que pagar menos en IRPF y yo poder pagar menos de 40000e? O aconsejais declarar todo asi yo puedo declarar un gasto mayor y tener luego más beneficios
    4.Al adquirir el negocio( es un local alquilado) seria autònomo yo tendria que pagar algún impuesto en IRPF o alguna cosa que desconozca?
    Disculpad mis dudas pero no tengo mucha experiéncia en esto
    Un saludo
    Gracias

  • Xabi
    Xabi2017-02-13 19:41:54
    Autor

    Hola. Estoy en una situación en la que tengo que realizar un cambio de titularidad entre empresas (no se trata de una herencia) queria saber si dicho cambio esta sujeto al ITP??

  • Danielo
    Danielo2017-01-12 12:27:46
    Autor

    Hola, Hace un año monté un negocio, que me supuso un gasto de 120.000 euros, y por varios motivos tengo que traspasarlo, por 90.000, Como me va a repercutir al hacer la declaración de la renta? Gracias de antemano.

  • Juan
    Juan2017-01-02 21:49:41
    Autor

    En el 2010 pagué 120000 euros por el traspaso de un restaurante, ahora lo traspaso por 60000. Me está dando pérdidas. Cuanto tendré que pagar de IRPF

  • Carlos Vázquez
    Carlos Vázquez2016-04-26 09:39:55
    Autor

    Hola Mónica

    El importe de la adquisición es el que realmente pagaste en su momento por los materiales y mobiliario, disminuido por las amortizaciones que hayas aplicado cada ejercicio.

    A efectos del IRPF no te será valida la tasación, por mucho que coincida con el préstamo ICO que solicitaste.

    Un saludo.

  • Mónica Salamanca
    Mónica Salamanca2016-04-20 11:23:26
    Autor

    Buenos días.

    Enhorabuena por su blog. La información que proporciona es muy concisa y clara.

    Voy a traspasar mi negocio. En mi caso, el importe que voy a pedir por el traspado coincide con la tasación de todo el material y mobiliario y con el importe de prestamo ICO que me queda por pagar, que evidentemente voy a cancelar. En este caso, me afectará mucho en la declaración de IRPF?

    Gracias de antemano.

  • Luis Miguel Larriba
    Luis Miguel Larriba2016-03-07 16:22:05
    Autor

    Hola David, Margarito,

    El traspaso de negocio, como tal, no está sujeto a IVA. Ahora, otra cosa es realizar un traspaso de negocio en el que en realidad se esté camuflando una compraventa de los bienes que integran el negocio, en cuyo caso las compraventas sí están sujetas a IVA o a ITP. Si la operación es un traspaso de negocio, el negocio va a seguir funcionando como tal y no hay ningún ánimo de ocultar una compraventa tras el mismo, en principio no es necesario incluir IVA.

    En referencia al resto de impuestos, y concretamente al IRPF que indicas Margarito, el que te vende obtendrá unos rendimientos que sí debe integrar en su declaración de la renta, y por tanto pagar por ellos, aunque esto es algo que es obligación y debe asumir él. Si pactáis que luego te lo repercuta es otra cuestión, pero el abono de dicho impuesto es de él pues son sus ingresos (su beneficio por la venta).

    Gracias por vuestros comentarios.

    Un saludo

  • David
    David2016-01-23 15:59:30
    Autor

    En el caso de que el propietario del negocio sea el que lo explote. Si quiere traspasarlo, tiene q emitir la factura con iva o sin iva?
    Gracias

  • Luis Miguel Larriba
    Luis Miguel Larriba2015-11-13 15:01:58
    Autor

    Hola Leticia,

    Así es. No obstante, y dado que es una operación bastante importante y relevante, te aconsejo asesorarte directa y personalmente facilitándole toda la información y documentación para que pueda darte respuestas completas y seguras, dado que en otro caso sólo podremos facilitarte información genérica y no específica a tu caso concreto.

    Muchas gracias por tu comentario

  • Leticia
    Leticia2015-11-11 20:52:25
    Autor

    Buenas tardes, me surge una duda con la valoracion de los derechos entregados, a que nos referimos cuando decimos derechos entregados?
    Y ota consulta, si para abrir nuestro negocio tuvimos que realizar una reforma del local que la tenemos como inmovilizado se descontara tambien del importe recibido en el trapaso teniendo encuenta la amortizacion? De cara a calcular la ganancia patrimonial.
    Los porcentajes de tributacion en la renta serian 19% para los primeros 6000€ y 21% para los restantes?
    Muchas gracias.

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