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Siendo socio o administrador de una empresa, ¿estoy obligado a ser autónomo?


Saber si has de ser autónomo cuando emprendes una empresa es algo importante, descúbrelo.   Una de las grandes dudas de todo emprendedor cuando va a constituir una empresa, además de elegir la mejor forma jurídica para la sociedad, es si tiene que darse de alta en autónomos o no en función de la participación en la empresa que realice, tanto en lo referente a ser socio y al capital social que tiene de la empresa, como a si ocupa cargo en el órgano de administración social de la empresa. Veamos las diferentes situaciones que pueden darse, diferenciando entre la posición de socio de una sociedad y la de miembro del órgano de administración, ya que aunque en muchas ocasiones los administradores de la empresa son los socios, puede darse el caso de que no sea así.

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Ser administrador sin ser socio

Actualmente es posible ser administrador sin ser autónomo. Para ello hay que cumplir con la premisa de realizar funciones de gestión en la sociedad que se administra, que estas estén remuneradas (con nómina) y además, no superar el 25% de las participaciones de la misma.

Es posible ser administrador de una sociedad sin ser autónomo. En el caso de una Sociedad Limitada solo se tiene la obligación de ser autónomo si se realizan labores de gerencia y se percibe una remuneración por ello además de poseer un 25% o más de las participaciones de la empresa. También deberá ser autónomo en el caso de poseer el 50% o más de las participaciones de la empresa aunque no se realice ninguna acción de gerencia.

Siendo Socio en la Sociedad

Para el caso de que seamos socios de una empresa, nuestra vinculación a efectos del régimen de Seguridad Social va a venir determinada por varios criterios, siendo el predominante si poseemos o no un control efectivo de la sociedad, es decir, el porcentaje de capital social de la misma que tenemos, lo que marca si somos un miembro más de la junta de socios de la empresa o somos los socios mayoritarios o incluso el socio único en el caso de las sociedades unipersonales.

    • Menos de 25%: Si somos socios, pero nuestra participación es inferior a una cuarta parte de las acciones de la empresa, tenemos menos del 25% de las mismas, no tendremos obligación de estar dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, pudiendo elegir ser autónomos o no serlo y recurrir al régimen asimilado al alta dentro del régimen general de la Seguridad Social.
  • Funciones de dirección o gerencia: Si teniendo sólo el 25%, realizamos en la empresa funciones de dirección o gerencia, de igual modo, debemos optar por ser autónomos, y no trabajadores asalariados de la sociedad.
  • Mas de 33%: Si tenemos al menos el 33% de las participaciones de la empresa, debemos darnos de alta en el régimen de autónomos salvo que podamos probar que no tenemos el control efectivo de la sociedad.
  • Mas de 50%: Cuando tenemos más de la mitad del capital social, obligatoriamente hemos de cotizar en el régimen de autónomos, no pudiendo ser trabajadores por cuenta ajena de la empresa. Ha de tenerse en cuenta que, para el cálculo de la participación que ostentamos en la empresa en el caso de tener más del 50%, se tiene en cuenta no sólo nuestras participaciones, sino la de todos los miembros de la familia con la que convivamos, de modo que no será efectivo el repartir las participaciones entre familiares que conviven con nosotros para evitar ser autónomos, ya que se tienen en cuenta todas esas participaciones a efectos del cálculo.

*Si sois igualmente socios de una SL y no sabéis como se cotiza a la Seguridad Social… Tambiéne lo explicamos: Cómo cotizan a la Seguridad Social los socios de una SL

Siendo miembro del órgano de administración de la Sociedad

Como ya sabemos, en las sociedades (sociedad limitada, sociedad anónima, etc.) tiene que existir un órgano de administración, que se encarga de organizar, dirigir y tomar las decisiones relativas al día a día societario. Este órgano de administración puede adoptar diferentes formas:

  • Administrador único: una sóla persona que ocupa el órgano de administración.
  • Administradores mancomunados: dos o más personas que deben tomar las decisiones en conjunto y que no pueden actuar de forma independiente.
  • Administradores solidarios: dos o más personas que, de forma independiente y libre, puede adoptar las decisiones que estimen oportunas.
  • Consejo de administración: órgano colegiado compuesto por, al menos, tres personas que serán consejeros de la sociedad y que deciden en conjunto las acciones a tomar.

Si somos miembros de alguno de estos órganos, ya sea con poder independiente (administrador único o administrador solidario) o dependiendo de otra u otras personas (administrador mancomunado o consejero del Consejo de Administración), debemos tener en cuenta que si prestamos servicios a la sociedad, y se nos va a remunerar por ello (independientemente de que el ocupar un cargo en el órgano de administración, conforme a los estatutos de la sociedad, esté o no también remunerado), deberemos comprobar si os corresponde darnos de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o, por el contrario, podremos ser trabajadores por cuenta ajena dependientes de la sociedad.

  • Si somos socios de la sociedad: En primer lugar, y para el caso de que seamos socios de la sociedad, lo que es muy frecuente en las empresas españolas, la norma que predomina y marcará la obligación o no de ser autónomo será la recogida anteriormente, en función del capital social de la empresa que tengamos y las funciones que desempeñemos en la misma. *Antes de continuar, si vas a tener socios, siempre es conveniente hacer un Pacto de Socios. ¿Cómo? Ver aqui: Pacto de Socios: aspectos a tener en cuenta
  • Para el supuesto de que, sin ser socios: seamos miembros del órgano de administración, dichas obligación vendrá vinculada a la percepción o no de remuneración por ocupar dicho cargo, lo que se recoge en los estatutos de la sociedad. Si el cargo de administrador, según los estatutos, es gratuito, y además somos empleados de la empresa por que prestamos servicios en ella, seremos trabajadores por cuenta ajena, sin tener obligación de darnos de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.

De igual modo, podremos prestar servicios a la empresa como profesionales independientes, facturando a la misma, como trabajadores autónomos, en cuyo caso, y como es evidente, sí que nos corresponderá estar dados de alta en el  régimen especial de la Seguridad Social que corresponde a los autónomos.

¿Consideras correcto el sistema de clasificación utilizado para obligar o no a darse de alta en autónomos cuando se es socio o administrador de una empresa? ¿En qué situación te encuentras?

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83 Comentarios
  • Manuel Galiana
    Manuel Galiana2022-11-16 17:48:20
    Autor

    Siendo administardor solidario , me puedo jubilar y dejar el RETA

  • Gonzalo
    Gonzalo2020-04-18 21:48:45
    Autor

    Hola, me gustaría comentarte el siguiente caso:
    Queremos crear una sociedad entre tres socios, con el mismo porcentaje de participación. Dos de los socios trabajan por cuenta ajena y el otro es empresario. ¿Habría alguna forma de que uno de los socios que trabaja por cuenta ajena fuera administrador de la sociedad sin tener que darse de alta en el régimen de autónomo, aprovechando que el socio empresario ya esta dado de alta como autónomo societario? ¿Este socio debería incorporarse mediante socio con forma jurídica?

  • Alfredo
    Alfredo2018-12-13 23:55:47
    Autor

    Buenas noches, mi hermano (que trabaja por cuenta ajena) y yo (con Incapacidad Absoluta) vamos a crear una SL al 50%. Él será socio y administrador único (gratuito) y se dará de alta en el RETA, y yo seré socio capitalista. Si se me nombra apoderado (gratuito), ¿tendría que darme de alta en el RETA?. En caso que tuviese que darme de alta en el RETA lo descarto porque podrían quitarme la pensión, ¿se podría nombrar de apoderada (gratuito) a una persona, la cual no va a tener ningún otro tipo de vinculación con la misma? Gracias.

  • JESUS DE NOLASCO NOGALES
    JESUS DE NOLASCO NOGALES2018-08-20 13:30:50
    Autor

    Buenas tardes, somos dos autónomos que vamos a constituir una S.L., aun tenemos facturación pendiente como autónomos, ¿podríamos continuar como Socios de la S.L. y facturar como autónomos lo que está pendiente?..Es compatible/incompatible…

    Saludos

  • José
    José2018-07-25 10:41:36
    Autor

    Buenas, si una SL nombra un administrador que no tienen participación en la misma, es remunerado por sus trabajos en régimen especial asalariado de la seguridad social y aparte también por sus labores de Administrador, ¿estaría obligado el administrador a darse de alta como autónomo? Si no es así, la SL podría funcionar sin que nadie estuviese dado de alta en régimen autónomo o estaría obligado alguno de los socios? gracias, saludos.

  • Cristian
    Cristian2018-06-20 18:15:57
    Autor

    Vamos a ver,
    Si yo soy el socio capitalista y tengo un administrador solidario que no trabaja ni media hora al mes en la empresa. Debe de cotiza o no ¿? Yo entiendo que mas adelante cuando sea remunerado por ello esta claro que si pero mientras tanto ¿?

  • Mario
    Mario2018-05-03 19:47:27
    Autor

    Hola, estoy creando telemáticamente a través de CIRCE una SLNE de la que por ahora seré el único socio con el 100% del capital. En qué momento de la constitución de la sociedad se señala al administrador único? Mi idea es designar a alguien de mi confianza que está dado de alta de autónomos para evitar ese gasto al principio. Es este planteamiento correcto o estoy obviando algo? Muchas gracias

  • Juan
    Juan2018-04-23 15:08:20
    Autor

    Hola. Disculpa, pero no me queda claro para el caso que me preocupa. Una persona socio con el 10% de una empresa, y con el cargo de administrador pero sin remuneración, ¿ debe darse de alta como autónomo? Saludos y Muchas gracias

  • Lorena L S
    Lorena L S2018-04-23 12:20:50
    Autor

    Buenas, en una S.L. de dos socios ( cada uno con el 50%), siendo uno el administrador y el otro socio trabajador, tienen que ser autónomos los dos?? o bastaría con que lo fuese el segundo? Gracias

  • Mario
    Mario2018-04-16 13:08:32
    Autor

    Buenos días Luis: tengo en proyecto montar una SL entre dos socios cada uno al 50% uno de ellos menor de 35 años el cual seria socio administrador y se daría de alta en autónomos, el otro socio inversionista. El socio inversionista estaría obligado a estar de alta como autónomo? Gracias Saludos

  • Tlopez
    Tlopez2018-04-09 22:29:22
    Autor

    Desde qué momento tengo que darme de alta de autónomo desde que firmo como administrador en Notaria o desde que se da registro en el Registro Mercantil de ese cargo?

  • Andrea
    Andrea2018-03-30 14:39:33
    Autor

    Buenos días ,
    Estoy pensando en formar una sociedad donde yo tendría el 20% de la misma pero sería administrador único.
    Mi socio tendría el 80% de la sociedad.
    En este caso puedo darme de alta como autónomo como trabajador por cuenta ajena, ofreciendo servicios a la misma empresa? O tengo que estar como autónomo administrador?
    Al no tener el 25 % entiendo que no es necesario ser autónomo administrador. Y en este caso si me doy de alta como autónomo normal podría beneficiarme de pagar una cuota de autónomos de 50 euros?
    La duda la tengo porque seria administrador único aunque con un 20% solo.
    Gracias

  • Joaquín Gabriel Jerónimo
    Joaquín Gabriel Jerónimo2018-03-22 02:51:02
    Autor

    Me complace compartir también un mensaje para todos ustedes, mi nombre es Joaquín Gabriel Jerónimo. Soy de Machala Ecuador, leí sobre el Sr. Theodore en una página cristiana sobre cómo ha estado ayudando a las personas con préstamos para comenzar negocios y pagar deudas. Estaba motivado por los comentarios que leí sobre él, hablé con mi esposa y los dos acordamos contactarlo para solicitar un préstamo. Solicité 58,000.00 dólares. Me siento muy bendecido al contarles que el Sr. Theodore es un hombre honesto y temeroso de Dios. Me ha demostrado que el prestamista honesto aún está vivo. Mis hermanos y hermanas, sinceramente les aconsejo que se comuniquen con él si tiene algún problema financiero. A continuación está su información

    Nombre: Theodore
    Correo electrónico: theodorejamesonfinance@hotmail.com
    Número de Whatsapp: +2348058302338

  • manolo
    manolo2018-03-19 21:03:07
    Autor

    Hola mi caso quiero crear un sl y yo como administrador unico y yo unico socio, no trabajador, ya que contrataria a alguien para una tienda que quiero abrir. en necesario que me de de alta como autonomo o como regimen general.

    gracias

  • 99x100
    99x1002018-03-18 22:57:04
    Autor

    Soy Funcionario con de régimen de incompatibilidades, lo cual no me impide ser accionista mayoritario de una empresa, vamos ser dueño al 100%. ¿Puedo nombrar a un administrador dado de alta en autónomos? Yo no tendría función alguna en la empresa, únicamente obtendría ingresos por dividendos.

  • rosana
    rosana2018-03-15 17:48:39
    Autor

    Buenas. soy socia de una s.l.
    se va a nombrar a un administrador, solo para firmar, ya que incluso no va a estar ni en España. y que no es socio de la sociedad. Tiene que estar dado de alta como autonomo o como asalariado?

  • Angel
    Angel2018-03-09 19:35:17
    Autor

    Hola de nuevo. ¿Y si el porcentaje de participación se invierte pero el resto sigue igual?. Es decir, mi tia, ademas de administradora tiene el 99% de la sociedad pero no presta ningún servicio ni recibe remuneración alguna y el otro 1% a mi nombre, como socio. ¿Debe de haber alguien que se de de alta en el régimen de autónomos? ¿Quien?. Gracias de nuevo

  • Angel
    Angel2018-03-09 19:27:37
    Autor

    Buenas tardes. Estoy en el régimen general y quiero crear un SL con las siguientes características: Administrador único: Mi tía, con una participación del 1% siendo un cargo no remunerado, además de no prestar servicios a la sociedad. El 99% restante (socio no administrador) estaría a mi nombre. ¿puede la empresa emitir facturas sin que nadie esté de alta como autónomo?¿de no ser posible, quien debería de serlo? Gracias

  • Bruna
    Bruna2018-03-06 17:27:20
    Autor

    Hola Luis necesito una ayuda para tomar decisiones.

    No soy socia ni tengo ningun tipo de participacion en la Sociedad Limitada. En este momento en verdad soy la unica empleada, pero por una cuestion de cambios mi jefe, amigo y el dueño de la empresa que ahora mismo no esta residiendo en España este año del 2018 precisa de alguien para el puesto de Administradora Unica.

    me propuso el puesto con remuneracion pero me dijo que deberia pasar a AUTONOMO. A mi no me agrada porque paro de cotizar al paro, que es una seguridad que me gusta tener. Como no seria socia de la empresa, apenas administradora Unica, podría yo seguir como empleada sin pasar a Autonoma?

  • María
    María2018-03-05 21:17:23
    Autor

    Buenas tardes, te comento la siguiente situación. Hemos constituido un SL mis padres y mis hermanos. Mis padres tienen un 44% c/u y mis hermanos y yo un 4% c/u. A mi me ponen de Administradora unica sin remuneración. Y en la SS ponen a mi padre de autónomo societario. Pero en breve se quiere jubilar. Yo además facturo a la SL por mis trabajos profesionales y estoy dada de alta en hacienda pagando autonomos. Cuando se jubile mi padre en que situación quedo? puedo seguir como autonoma normal? Tengo que pagar como autonoma societario aunque no llegue al % de participación de control efectivo? O tengo que pagar por autonomos y por asimilados? Muchas gracias

  • Alfredo
    Alfredo2018-03-04 09:54:39
    Autor

    Buenas,
    si pagas la cuota máxima de la seguridad social por cuenta ajena. Debes pagar el autónomo as ser el administrador de una S. L.?

  • Maria Ángeles
    Maria Ángeles2018-02-07 21:17:24
    Autor

    Tengo que dar de alta una SL en el sistema de la seguridad social, para poder darme de alta como autónomo societario?
    Gracias

  • Iván
    Iván2018-01-30 12:14:03
    Autor

    Buenos días. Mi duda es la siguiente. En una S.L. que somos 3 socios al 33,3%, y sólo 2 socios son administradores con retribución asignada en los estatutos (cantidad que cuenta cómo gasto deducible en la S.L.), ¿el tercer socio que no es administrador podría darse de alta un día al año como trabajador autónomo profesional independiente para facturarle a la S.L. una factura con una cuantía similar a la retribución anual asignada a cada uno de los otros 2 socios administradores (y ser contabilizada también como gasto deducible en la S.L.)?

  • José Angel
    José Angel2018-01-26 18:09:38
    Autor

    Hola Luis Miguel, en primer lugar agradecerte el esfuerzo por todo este trabajo. Mi duda es la siguiente: Tenemos una Sociedad Limitada Profesional que la formamos 5 socios, cada uno con el 20% de participaciones y todos como administradores solidarios sin remuneración por el cargo. Actualmente estamos en el Régimen General. ¿Podríamos pasarnos al Régimen de Autónomos, o no por tener menos del 25% de las participaciones?

  • merche
    merche2017-11-22 12:13:10
    Autor

    Buenos días!! Quiero pasar de ser autónomo a formar parte de una sociedad de 4 socios al 25 % cada uno. ¿Por ser administrador, es obligatorio ser trabajador autónomo, dentro de mi propia sociedad?

  • Cristina
    Cristina2017-11-09 11:50:48
    Autor

    Buenas,
    Hemos montado una SL ( 4 socios ) Uno de los socios es el Administrador único con un 26% pero su cargo no es remunerado.
    Los otros socios 24% 24% y 26% respectivamente, estos tampoco trabajan para la Sociedad.
    Mi pregunta es, El Administrador esta obligado a darse de alta en algun regimen?
    Gracias.

  • Alberto
    Alberto2017-10-30 20:42:00
    Autor

    Hola,
    Mi caso es un poco especial. Soy un trabajador por cuenta ajena a tiempo completo y estoy pensando en ser a su vez administrador único sin remunerar en una SL de la que no soy socio (diferente la empresa para que trabajo). ¿Debería darme de alta como autónomo además de lo que ya cotizo como trabajador por cuenta ajena?
    Gracias.
    Un saludo.

  • marc
    marc2017-10-26 11:45:40
    Autor

    Buenos días Luis Miguel, nuestro caso es el siguiente, es una SL con dos socios al 50% el administrador no es familiar nuestro ni nada, es una miago de confianza que es el administrador único, tiene que darse de alta de los autónomos?
    es administrador no remunerado.

    muchas gracias.

  • marc
    marc2017-10-26 11:41:11
    Autor

    Buenos días Luis Miguel, nuestro caso es el siguiente, es una SL con dos socios al 50% el administrador no es familiar nuestro ni nada, es una miago de confianza que es el administrador único, tiene que darse de alta de los autonomos?
    es adminsitrador no remunerado.

    muchas gracias.

  • Mikel
    Mikel2017-10-24 01:59:06
    Autor

    Muchas gracias por tu buen hacer. mi pregunta es la siguiente.: Hemos decidido montar una SL. al 50% ambos cobrando el paro. En pocos meses me doy de alta como autónomo pero mi socio no quiere saber nada de darse de alta.
    En cuanto empecemos nuestra actividad, ¿Estamos ambos obligado a estar de alta como autónomo?

  • Ricardo
    Ricardo2017-10-20 13:48:21
    Autor

    Hola Luis Miguel:

    Soy administrador de una empresa y a la vez empleado haciendo todas las cotizaciones de ley. ¿Al despedirme yo mismo tengo derecho a paro?

  • Juan
    Juan2017-09-29 14:20:20
    Autor

    Hola muy buenas,
    nuestro asesor a cometido un error en la creación de una S.L. Somos una empresa de transporte y mi mujer y yo estamos al 50% pero el caso es que cuando se ha creado la empresa, el asesor nos había dicho que no hacía falta que mi mujer se diera de alta en autónomos. El caso es que somos conscientes de la sanción y queremos subsanar este error. ¿Qué soluciones hay?, modificación en la propia empresa, creación de otra empresa…

    Muchas gracias

  • julio
    julio2017-09-27 20:38:07
    Autor

    Hola luis, tenemos una sociedad limitada entre 3 socios, uno con el 50 por ciento y los otros dos al 25 por ciento, mi pregunta es ¿si compramos los dos socios del 25 por ciento el 50 por ciento del socio que tiene ese porcentaje y nos quedamos cada socio con un 50% cada uno y no tenemos ningun cargo retribuido en la sociedad, nombrando a un admisnitrador unico y haciendonos apoderados nosotros dos, tenemos que pagar autonomos? Un saludo.

  • Maria José
    Maria José2017-09-20 14:28:08
    Autor

    Hola, tengo una pregunta. Mi socia y yo tenemos una sociedad al 70% -30% y ella esta dado de alta como autonoma para la sociedad pero las dos estamos de administrador solidario.

    Las deudas que tenga la empresa que recaen solamente en ella por tener el 70% y estar solamente dado de alta como autonomo, o recaeria sobre las dos por ser administradores solidarios? (aunque seamos administradoras solidarias lo que he hecho en todo este tiempo es poner dinero, ahora la empresa va a pique por una mala gestión y no se si me afectarian a mi las deudas)

    Gracias.

  • Patxi Castaños
    Patxi Castaños2017-08-24 10:29:38
    Autor

    Buenos días Luis Miguel,

    Me gustaría saber si siendo abogado, y siguiendo los siguientes pasos que relato a continuación actuaría correctamente:

    1. Alta de la persona física en la mutualidad de la abogacia y pago de las cuotas correspondientes.
    2. Alta en AEAT de una sociedad limitada cuyo objeto social es el de asesoramiento jurídico, técnico y deportivo a empresas y clubes deportivos.
    3. Dicha persona física es el Administrador Unico de dicha sociedad y poseedor del 100% de su capital, por lo que en principio debería darse de alta como autonomo y pagar la cuota más elevada.
    4. Sin embargo, al estar dado de alta a nivel personal en la mutualidad, no debe pagar la cuota de autonomos.

    ¿Es esto correcto? ¿Hay algún matiz?

  • Oriol
    Oriol2017-08-12 19:41:17
    Autor

    Muchas gracias por tu dedicación y ayuda
    En una SL, si el administrador único es socio y tiene menos de una cuarta parte de las acciones, debe pagar autonomos?
    En el articulo, no se indica nada de que la sociedad este activa. Si la sociedad solo tiene gastos y no ingresos, se considera que la sociedad esta activa?
    Muchas gracias

  • Antonio
    Antonio2017-07-17 10:23:23
    Autor

    Hola
    Hemos fundado una SL tres socios cada uno 1/3 del capital. La forma de gobierno es administración mancomunada. ¿Debemos estar los tres en Seguridad Social como administradores?. A uno de los socios le interesaría cobrar el paro que tiene pendiente. ¿Es posible?. ¿Qué debería hacer para hacerlo?. ¿Cambiar la forma de gobierno ante notario? .

  • Paloma
    Paloma2017-07-06 20:41:51
    Autor

    Buenas tardes. Una SL de 5 socios al 20% uno administrador no remunerado q trabaja en otra empresa en el régimen general. La empresa no tendrá empleados. Como se regula esto en la seguridad social? Hay q dar de alta a alguno?

  • Juan
    Juan2017-07-04 10:48:28
    Autor

    Hola Luis, enhorabuena por el blog
    Mi consulta es la siguiente. Soy socio administrador de una sociedad de 4 socios a partes iguales (25%) y llevo dos años pagando la máxima cuota del RETA (345€ aprox)
    ¿Habría alguna manera de ahorrarse este gasto?
    Es un bar de amigos sin beneficio alguno y el cargo de administrador me imagino que es gratuito porque yo no cobro nada por ello.
    Un saludo y muchas gracias de antemano.
    Juan

  • Antonio
    Antonio2017-06-28 22:12:01
    Autor

    Hola Luis Miguel,
    Lo primero, enhorabuena por la web, y gracias por el gran servicio que prestas.
    Mi consulta es la siguiente:
    Soy socio administrador de una SL, con el 33% del capital. Hay otro socio con el 33%, y dos más con el resto a partes iguales. Dentro de poco, tendré que dejar la empresa. Mientras tanto, ¿puedo darme de baja de autónomo, para trabajar como empleado por cuenta ajena? ¿O hay que cambiar las escrituras para dejar de ser administrador primero?
    Muchas gracias por adelantado.

  • Andrés
    Andrés2017-06-18 11:13:55
    Autor

    Gracias Luis Miguel,

    Y si el socio que vive conmigo no es administrador, pero también realiza labores para la empresa, ¿deberá también darse de alta como autónomo?

    Muchas gracias de nuevo por tu ayuda.

    Un saludo,

  • Luis Miguel Larriba
    Luis Miguel Larriba2017-06-14 22:28:11
    Autor

    Hola Andrés,

    Si tienes más del 50% de la sociedad, sí seria obligatorio al realizar labores para la empresa.

    Respecto al administrador, al convivir contigo, si sois familiares los porcentajes se acumulan y en consecuencia entraríais ambos en la obligación.

    Un saludo

  • Andrés
    Andrés2017-06-13 20:57:47
    Autor

    Disculpa por cambiarte el nombre Luis Miguel 🙂

  • Andrés
    Andrés2017-06-07 21:33:50
    Autor

    Hola Pedro,

    Enhorabuena por la web.

    Estamos montando una sociedad entre varios socios, yo voy a tener más del 50% de la sociedad. Trabajo por cuenta ajena pero aún así realizaría pequeñas funciones remuneradas en la sociedad. Si el administrador es otro de los socios, el cuál tiene un 6%, ¿podríamos no darnos de alta ninguno como autónomo?, o ¿yo estaría obligado aunque no fuera el administrador?, ¿y el otro socio estaría obligado si es administrador pero socio minoritario?

    Podrías por favor responder la pregunta tanto si ese socio minoritario vive en el mismo domicilio como si no, tenemos ambas alternativas.

    Muchas gracias!

  • Pedro
    Pedro2017-05-27 12:15:04
    Autor

    Buenos días Sr. Larriba,

    Mi novia quiere abrir una sl y tenemos tres preguntas para usted:

    El pago de los servicios cómo administradora son deducibles?
    Podemos nombrar a un apoderado para evitar que ella sea la administradora?
    Puede haber un administrador sin retribución salarial? (Sin cobrar por sus servicios)?

    Es impagable la ayuda que has dado a todas estas personas.

    Muchas gracias por su atención y reciba un cordial saludo.

  • david
    david2017-05-26 11:30:54
    Autor

    Hola

    En el caso de que uno de los administradores sea solidario (solo hay dos socios y los dos administradores solidarios) con un 20% del accionariado y en las escrituras expresamente se indica que no se remunerará económicamente este puesto de administrador. Ahora quiere darse de alta como autónomo, pero ¿se tiene que dar como autónomo societario o puede darse de alta en IAE como persona fisica y alta en autónomos como persona física para facturar como profesional independiente a la sociedad?.

    Muchas gracias

  • FRANCISCO
    FRANCISCO2017-05-08 00:28:21
    Autor

    Hola, felicidades por la pagina, te queria consultar lo siguiente, es posible que una misma persona sea administrador de 2 sl diferentes, de ser asi pagaria 1 solo autonomo, o pagaria 2 veces??

  • Luis Soares
    Luis Soares2017-04-16 00:00:01
    Autor

    A ver, que estamos en un pais de gente sin dentido comun, ya lo sabes por todos los casos que se dán , si nos centramos en la sociedades ya es de risa.

    Yo estoy jubilado despues de dos años de pleitos, Jubilado de forma parcial por que han recurrido la sentencia y por que no me han dado la incapacidad total, la que no puedes hacer nada más, pues bien me dicen que para completar los 200 euros de MIER**, que me pagan despues de estar + 30 años pagando como autonomo y justo los dos primeros años que esta gentuza usa para computar, que son 8 años, repito despues de tener + 30 cotizados algunos cotizando en los dos regimines, y la verdad no tengo ni piso, pues los dos primeros años o sea hace 8 años hasta hace 6 años dos años sin cotizar por que no podia ni comer, bueno pues me dicen QUE NO PUEDO VOLVER A SER AUTONOMO, o sea o renuncio a la invalidez o no puedo tener mas de un 24% en una sociedad, Pero si la invalidez es un derecho por que esta gentuza nos hace esto, ?, si yo podria estar creando puestos de trabajo aqui en españa, a cambio de cotizar en el regimen general de la S,S. Pues esa cosa ha echo que las empresas las tenga fuera de España donde no me obligan a nada, pago mis ivas, pago mis impuestos, y en cuanto pueda me hago la residencia fuera de España. Soy español hasa la medula, pero esta sinverguenceria de politicoa que cobran mas que un medico que se juega todos los dias la prision, si se equivoca de tratamiento, y que tienen el pan seguro, por que no hay ni uno que se vaya, si los echan de su grupo polico al mixto a cobrar mil euros mas, esto ni es un pais ni es nada parecido, esto solo pasa en paises tercermundistas, y ademas los que levan nuestra sangre.

  • zara08
    zara082017-04-11 16:42:36
    Autor

    Una empresa S.L. con cuatro socios. Uno tiene el 50% y trabaja en ella, otro 12.5% y es administrador no remunerado, los otros dos con 12.5% y 25% no trabajan en la empresa. ¿Quién y en qué concepto deben de cotizar?

  • FRANCISCO
    FRANCISCO2017-04-11 08:27:55
    Autor

    hola
    tengo una empresa sl.. donde era el unico empresario y administrador despues ice una sociedad con dos socios mas y somos tres socios con el 33% y haciendoles administradores solidarios a los dos entrantes que responsabilidad tiene el socio que no es el administrador en caso de que la empresa se vaya al acatombe y queden deudas ?

  • Hugo Zuñagua
    Hugo Zuñagua2017-04-06 22:39:33
    Autor

    Muy buenas Luis Miguel, Quiero Montar un SL. Pero yo no voy a trabajar en la empresa ni desempeñar ningún papel. Voy a contratar a alguien para que trabaje. Si a esta persona le nombro administrador gratuito y un salario por el trabajo que realice. Tiene que darse de alta en autónomos? o puede darse de alta en la SL. por cuenta ajena.
    Y yo al no desempeñar ninguna actividad que solo he puesto el dinero para montar la empresa. tengo que darme de alta en algún régimen o nada.

    Muchas gracias y enhorabuena por tu trabajo.

  • juan
    juan2017-04-06 11:58:59
    Autor

    hola, se trata de una empresa SL en la que somos dos socios al 50%, el otro es el administrador único y no recibe remuneración para este cargo. los dos facturábamos a la empresa como profesionales pero a partir de este año yo he dejado de trabajar como profesional y hago labores de gestión de empresa. sigo siendo autónomo. podría fijar una nómina para mi actividad? Gracias

  • Carlos
    Carlos2017-04-05 12:55:00
    Autor

    Buenos días Luis Miguel,
    La verdad es que no sabes la ayuda que das a la gente. Es increíble.

    Te cuento. Yo tengo una Pyme y soy administrador solidario con otra persona (al 50%). Por lo que he leído, deberíamos estar dados de alta de autónomos, pero yo no estoy trabajando en la empresa y a día de hoy sería inviable pagar dos cuotas de autónomos. Cuando creamos la empresa, nuestra gestoría nos mal informó porque de haberlo sabido no vamos a pagar dos cuotas de autónomo. No tenemos reflejada remuneración alguna.

    Mi pregunta es que soluciones tenemos para sólo pagar una cuota de autónomo ¿Cambiar los estatutos? ¿Puedo nombrar otra persona y darla de alta como trabajador? ¿Donde se reflejaría?.

    Ruego nos puedas ayudar porque la situación es muy delicada.

    Gracias.

  • mikel
    mikel2017-03-29 15:34:49
    Autor

    Hola:

    Yo soy un trabajador por cuenta ajena que he formado una nueva SL con un amigo. En esta nueva sociedad soy el socio capitalista con un 80% de la sociedad y mi socio tiene el resto. Los dos somos administradores solidarios de la sociedad pero yo soy gratuito, aunque no viene en los estatutos especificado el gratuito.

    No se si lo he entendido bien pero según lo que he leído ninguno de los dos necesitamos darnos de alta en el RETA. El ahora mismo esta dado de alta como autónomo pero podría darse de alta por cuenta ajena a cargo de la sociedad porque tiene menos de un 25% de la sociedad aun siendo administrador.

    Yo aun siendo administrador solidario y mayoritario, no necesito darme de alta porque mi cargo como administrador solidario es gratuito. Es correcto el planteamiento o me equivoco en algo.

    Un Saludo.

  • Esther
    Esther2017-03-29 10:58:07
    Autor

    Buenos días,

    Estoy empleada por cuenta ajena en una empresa y luego tengo una S.L de la cual soy administradora única pero no percibo ningún tipo de remuneración, ya que el cargo es gratuito, al ser una empresa familiar .
    Tengo que estar dada de alta en el RETA?.
    Ahora mismo estoy dada de alta en mi trabajo y en el RETA y en la vida laboral me consta pluriactividad.
    Muchas gracias

  • Daniel
    Daniel2017-03-23 17:51:36
    Autor

    Muy buenas.

    Queremos montar una «SL» entre un amigo y yo al 50 %. Se nos presentan dos cuestiones al leer vuestro artículo:

    1º Tanto el que sea administrador único (gratuito según estatutos), como el que sea socio, ambos tendrán que darse de alta como autónomos si o si, cierto?

    2º Que sale mejor en estos casos a nivel fiscal o para ahorrar en gastos? Ser uno administrador y el otro socio dándose de alta como autónomos? ¿ Uno que sea administrador y el otro contratarlo como asalariado? Tenga en cuenta que si los dos somos autónomos societarios….pagaremos los 345 de cuota de autónomo (el mínimo).

    Saludos y gracias

  • Sergio
    Sergio2017-03-13 17:59:29
    Autor

    Hola Luis,
    Tengo una consulta, estamos formando una S.L 4 compañeros, todos al 25% y solo uno de nosotros sera el administrador de la empresa.

    Esta semana vamos al notario para realizar la redacción de los estatutos sociales.

    Para este tramite necesitamos que el administrador esté ya dado de alta como autonomo? y de no ser así, cual es el momento en el que sera obligatorio que este socio se de de alta como autonomo.

    Muchas gracias!

  • Itziar Abad
    Itziar Abad2017-03-04 21:40:36
    Autor

    Hola y muchísimas gracias por la página.
    Mi caso es el siguiente:
    tengo una empresa como autónoma y estamos trabajando en ella un empleada y yo como empresaria. Últimamente estoy trabajando como profesora sustituta de secundaria por el Gobierno Vasco. Por el momento no tengo problemas mientras sigan siendo sustituciones cortas pero no podré continuar como autónoma si me contratan como interina. Me gustaría mantener el negocio que tanto me ha costado levantar aunque yo no trabaje en él pero tengo prohibido ser autónoma.
    ¿Existe alguna posibilidad para que no sea autónoma? Entiendo que una empresa que poseas y en la que no trabajas te puede dar beneficios igual que te lo dan unas acciones o el alquiler de un bien inmueble. En este caso, me gustaría poseer la empresa, no trabajar en ella; podría darse el caso de que la empresa diese beneficios o no,, pero lo importante es que yo no trabajaría en ella.
    Resumiendo, en un futuro tendré prohibido trabajar por cuenta ajena o propia si quiero seguir trabajando en educación secundaria en Euskadi pero no quiero renunciar a la empresa que hoy por hoy tengo. ¿Qué puedo hacer?

    Un saludo

  • Philip
    Philip2017-03-03 14:11:54
    Autor

    Hola Luis,

    Nuestro caso es el siguiente: Somos tres socios con el 33% de las participaciones cada uno. Con el fin de ahorrarnos la cuota de autonomos nos recomendaron nombrar administrador no remunerado a una persona de confianza que cotizara previamente en el regimen de autonomos. La duda que nos surge es: es esto legal? tiene algun perjuicio a nivel fiscal para el administrador, a parte de que su cuota de autonomo subirá? Y para nosottos?

    Gracias de ante mano y un saludo!

  • PAUL
    PAUL2017-03-01 21:53:24
    Autor

    Hola Luis,

    Vamos a constituir una S.L dos socios, como podemos hacer para que solo uno de los dos page autónomos y los dos podamos hacer facturas por nuestros servicios prestados a diferentes empresas con dicha S.L?
    Por otro lado, la persona que será el administrador, puede acogerse a la tarifa plana de 50€ por ser la primera vez que se da de alta?

    Gracias y enhorabuena por la pagina, muy útil

  • Alejandro
    Alejandro2017-03-01 12:11:52
    Autor

    Hola, para el caso de un socio único capitalista no trabajador de una SL, que contrata a un trabajador al que se le incluyen las competencias de administrador a título gratuito. Ha de cotizar al RETA este socio único no trabajador ? Y por el trabajador contratado, puede cotizar en el Regimen General?

  • Paco
    Paco2017-03-01 11:52:58
    Autor

    Buenos días
    Se esta constituyendo una sl y yo voy a ser administrador único y trabajador, De momento un solo trabajador y no tengo participación en la sociedad.
    Si el cargo de administrador no es remunerado, si no que sólo cobro como trabajador… que régimen me correspondería? trabajador por cuenta ajena? o he de ser autónomo?

  • inma
    inma2017-02-28 12:12:13
    Autor

    Hola buenos días:
    Mi situación es la siguiente, soy administradora y consejera delegada de una sociedad anonima de la que no soy socio, y estoy dado de alta en el regimen especial, no autonomo, ¿Puedo ser administrador a la vez de una SL de la que tampoco soy socio, ni cobraría ningún tipo de remuneración?

  • pedro
    pedro2017-02-15 00:12:56
    Autor

    Hola Luis,
    gracias por tu post y por tu buenas respuestas a las pregntas
    Estamos creando una SL con tres socios, que tiene por objeto el ejercicio de la abogacía, pero también otras actividades relacionadas con las nuevas tecnologías (creación de app entre ellas). Si soy socio administrador con el 33% del capital, puedo optar por la mutua de la abogacía en vez del RETA? gracias

  • Jose
    Jose2017-02-09 19:29:06
    Autor

    Buenos días:

    Antes de nada daros la enhorabuena por la página, y por su contenido.
    A raíz de la siguiente noticia, me gustaría plantear mi caso:
    Quiero constituir una SL, con un único socio que será una Asociación sin ánimo de lucro, los administradores serán 4 administradores mancomunados.
    ¿Estamos obligados a estar en el RETA?
    Muchas gracias.

  • eduardo sémper
    eduardo sémper2017-02-09 07:52:45
    Autor

    Hola, Luis.
    Mi mujer y yo vamos a montar una empresa al 50% en la que ella, que es autónoma, va a ser la trabajadora y yo socio capitalista. Yo soy trabajador por cuenta ajena en otra empresa y en la que montemos no voy a tener remuneración, ni voy a trabajar en ella. No quiero pagar autónomos y me gustaría poder tomar decisiones sobre la empresa.
    ¿qué forma jurídica nos interesa? ¿Puedo ostentar cargo sin cotizar a la SS?
    Gracias, un saludo.

  • Jose
    Jose2017-02-05 19:55:38
    Autor

    Voy a crear una S. L. U. y voy a tener tres empleados con minusvalia superior al 33% por lo cual tendre una bonificacion del 100% en las cuotas de la Seguridad social ademas de la posibilidad de poder acceder a unas subvenciones de 7.300 €, el primer año por cada uno, tal y como marca la ley. La pregunta es la siguiente :
    De antes de la fecha de creacion de la S.L. arrastro una deuda con la Seguridad Social . ¿Esto puede ser un obstaculo para acceder a dichas bonificaciones y subvenciones? ¿Aunque la deuda sea anterior a la creacion de la S.L.U.?
    Muchas gracias

  • juan
    juan2017-01-27 20:23:17
    Autor

    Buenos días
    Monte una empresa Sociedad limitada, en la que soy administrador único con cargo gratuito, y a la vez soy el único trabajador. ¿Cómo cobro aparte de los dividendos de final de año?¿Debo pagar mi cuota en la seguridad social de mi cuenta personal o de la empresa, que diferencia hay en ello?

    Necesito su ayuda

  • Laura
    Laura2017-01-18 17:59:41
    Autor

    Hola, tengo la siguiente consulta: yo soy empleada por cuenta ajena, y seguiré siendolo, pero quiero montar una SLU, ¿ tengo que darme de alta en el RETA cuando cree la sociedad?

  • Maria
    Maria2016-12-13 00:09:59
    Autor

    Hola Carlos, parece que no contestas a las dudas desde el verano pero aun así te planteo la mía:
    2 socios de SL al 50%, empresa con actividad, 1 socio es el administrador pero no cobra por el cargo. ¿de que manera puede estructurarse para NO pagar autónomos, ni ningún otro pago equivalente, al menos durante un tiempo?
    Saludos y mil gracias.

  • Natalia
    Natalia2016-10-27 13:08:44
    Autor

    Hola,
    Somos tres socios a partes iguales para crear una Sl, los tres trabajamos por cuenta ajena y los tres prestaremos servicios a la sociedad. Mi pregunta es, que cuota de autonomos deberemos pagar? Si solo hay un administrador, los otros pueden bonificarse por pluriactividad o tarifa plana de autonomos?

  • Marcos
    Marcos2016-09-10 10:36:26
    Autor

    Buenos días,

    Voy a crear una SL con otro socio, ambos como Administradores Solidarios al 50%. ¿Hemos de estar dados de alta los dos como autónomos, o es suficiente con que uno de los dos lo estemos?

    Un saludo y gracias.

  • Jose Melero
    Jose Melero2016-07-29 13:56:45
    Autor

    Hola

    Yo soy empleado por cuenta ajena en otra empresa y luego tengo una SLU de la cual soy administrador unico. Tengo que estar dado de alta en el RETA?. Ahora mismo estoy dado de alta en mi trabajo y en el RETA, tengo pluriactividad.

    Gracias

  • Carlos Vázquez
    Carlos Vázquez2016-07-26 17:12:19
    Autor

    Hola Diego

    Lo explicas perfectamente, una sola cuota de RETA; que será la mayor por ser administrador de la SL pero que sirve perfectamente para actuar como profesional.

    Un saludo,

  • Diego Molina
    Diego Molina2016-07-26 14:05:52
    Autor

    Buenas tardes, soy Administrador único con cargo gratuito de una S.L. y tengo un 33,33% como Socio. Mi pregunta es:
    como por las circunstancias debo estar de alta en régimen de autónomo como Socio Administrador, pero a su vez presto servicios profesionales a la empresa. Para poder facturar por mis servicios a la Sociedad, ¿puedo estar dado de alta cómo Socio Administrador y a su vez como Agente comercial?
    Al estar de alta en dos epígrafes, se paga una sola cuota?, en caso afirmativo, imagino que se pagará la de Socio Administrador que es más elevada, ¿no? Gracias.

  • avatar
    2016-07-26 12:51:44
    Autor

    Buenos días, voy a fundar una SL con otra persona aportando el 50% de capital cada uno. Puede ser uno de los dos el administrador sin tener que darse de alta en ningún sitio y sin tener responsabilidad con sus bienes.?. En caso de que haya alguna opción, que tipo de administrador seria?. Gracias.

  • Marco
    Marco2016-07-25 12:21:31
    Autor

    Hola, hay un caso de una constitucion de una SL entre dos socios, donde un socio sea socio administrador al 50% y el otro socio sea solo inversor al 50%, sin ser autonomo ni nada, solo inversor, porque ya trabaja en nomina en otra empresa: al socio inversor pronto se le acabará el contrato de trabajo, puede acceder al cobro del paro al ser socio inversor no-administrador de la SL, donde no se cobran nominas ni nada?
    Gracias

  • Carlos Vázquez
    Carlos Vázquez2016-06-16 13:16:13
    Autor

    Hola Nupesu

    Si no tienen actividad no tienes que estar dado de alta de autónomos.

    Un saludo.

  • Nupesu
    Nupesu2016-06-15 16:34:27
    Autor

    Soy socio y administrador único en dos sociedades que carecen de actividad y que solo se constituyeron para la compra de dos inmuebles, declaro la no actividad anualmente y carecen de toda deuda. ¿ Debo de estar dado de alta en Autonomos ?

  • Carlos Vázquez
    Carlos Vázquez2016-05-31 14:19:14
    Autor

    Hola

    En todo caso tiene que darse de alta como autónomo.

    Un saludo

  • Juan Marquez
    Juan Marquez2016-05-28 13:52:16
    Autor

    Buenas tardes,
    Me gustaría saber si un administrador único de una s.l .( con una sola persona de socio y administrador)
    y que si realiza trabajos y gestiones para la sociedad tendría la obligación de darse de alta como autónomo
    o por el contrario podría acogerse a la opción de trabajador por cuenta ajena.

    Muchas gracias

  • Carlos Vázquez
    Carlos Vázquez2016-05-27 12:29:59
    Autor

    Hola Liliana

    Pues sí, tiene que darse de alta como autónomo en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) si la empresa tiene actividad; solo se podria evitar si se nombra un apoderado general o un gerente que le sustituya en el dia a dia de su cargo.

    Un saludo

  • Liliana Gomez
    Liliana Gomez2016-05-23 22:58:05
    Autor

    Hola. No me queda muy claro en las sociedades Unipersonales donde el administrador único es el mismo socio fundador deba darse de alta como autónomo en régimen especial, ya que el no trabajará para la empresa solo percibirá dividendos cuando los hayan. Igualmente hace falta darse de alta?

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